EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SALTA S.A.

Fecha de disposición11 Enero 2017
Fecha de publicación11 Enero 2017
SecciónAvisos Comerciales

EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SALTA S.A.

Empresa Distribuidora de Electricidad de Salta \u2013Edesa\u2013 S.A. (la "Sociedad"), constituida el 08/07/1996 e inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Salta bajo el Folio 49 al 51, Asiento 2012, del Libro 8 de sociedades por acciones, el 23/07/1996, por un plazo de 99 años, con domicilio en Pasaje Benjamín Zorrilla 29. (A4400AVA), Ciudad de Salta, Provincia de Salta, informa, en cumplimiento del Art. 10 de la Ley N° 23.576 y sus modificatorias (la "Ley de Obligaciones Negociables"), que ha resuelto mediante: (i) Asamblea de Accionistas de fecha 18/10/2011 y (ii) Asamblea de Accionistas de fecha 29/09/2016, la creación del programa global de emisión de obligaciones negociables por un valor nominal de hasta US$ 200.000.000 (o su equivalente en otras monedas) (el "Programa"), y la prórroga de su plazo, respectivamente. La oferta pública del Programa y de las obligaciones negociables a emitirse en el marco del mismo (las "Obligaciones Negociables") fue autorizada por la Comisión Nacional de Valores (la "CNV") mediante Resolución Nº 16.702 de fecha 14/12/2011 y la prórroga del plazo del Programa fue autorizada mediante Resolución Nº 18.428 de la CNV de fecha 29/12/2016. Las Obligaciones Negociables serán obligaciones directas e incondicionales de la Sociedad y, salvo en el caso de Obligaciones Negociables subordinadas y/o emitidas con garantía flotante o especial, tendrán en todo momento igual prioridad de pago entre sí y con todas las demás obligaciones no subordinadas de la Sociedad, presentes o futuras, que por sus términos no estén expresamente subordinadas al pago de las Obligaciones Negociables en cuestión, salvo en el caso de las obligaciones que gozan de privilegios en virtud de disposiciones legales o contractuales. Los plazos y las formas de amortización de las Obligaciones Negociables serán los que se especifiquen en los Suplementos de Precio correspondientes, siempre dentro de los plazos mínimos y máximos que permitan las normas vigentes. Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a tasa fija o flotante o de cualquier otra manera, o no devengar intereses, según se especifique en los Suplementos de Precio correspondientes. El objeto social y la actividad principal...

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