Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 20 de Abril de 2021, expediente FMP 000775/2017/CA001

Fecha de Resolución20 de Abril de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL PLATA

En la ciudad de Mar del P., avocados los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mar del P. al análisis de estos autos caratulados: “OSMA, AMANDA

ESTER c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES, Expediente Nº 775/2017“, procedentes del Juzgado Federal de Necochea, Secretaria Civil. El orden de votación es el siguiente: Dr.

E.J. y Dr. A.T..-

El Dr. E.P.J. dijo:

I) Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado. -

Que del examen de autos surge que la Sra. OSMA, A.E.,

adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho el día 4/07/2014. ---

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar la sentencia, por cuanto el A quo no consideró que el beneficio de la actora está sujeto al convenio celebrado entre la Secretaría de la Seguridad Social y la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza. Asimismo cuestiona la exención del impuesto a las ganancias, el recálculo del haber inicial y la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 inc.

2 de la ley 24.463.-

A partir de lo expuesto y siendo que los agravios a los que no se les da en este voto tratamiento particular, resultan sustancialmente análogos a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del P., en los fallos: “GIANOLI, NORMA

ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011/CA001 Fecha: 18/02/2016 y “GARCIA, GRACIELA

NOEMI c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 021090261/2010/CA001 Fecha: 11/09/2015, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “QUIROGA

CARLOS ALBERTO C/ANSeS S/REAJUSTES VARIOS” (Q. 68 XLVI), de fecha 11 de noviembre de 2014, “Elliff” (Fallos: 332:1914), corresponde remitir a los fundamentos allí

vertidos, que pasan a formar parte en lo pertinente del presente resolutorio. ---

Que en relación al agravio vertido en la memoria de la demandada relacionado con la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de ley 24.463, siendo que no surge Fecha de firma: 20/04/2021

Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA

Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA

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