Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 18 de Octubre de 2021, expediente CSS 156799/2018/CA001

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2021
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1

Expte nº: 156799/2018 NFO

Autos: “OROCZKO ELENA ANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Sentencia Definitiva del Expte. Nº 156799/2018

Buenos Aires,

AUTOS Y VISTOS:

I. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada y por la actora , contra la sentencia dictada por el Sr. Juez a cargo del Juzgado Federal de la Seguridad Social n° 9.

La parte demandada se agravia de la forma de redeterminación del haber inicial, a tal efecto peticiona la aplicación de los índices previstos en la Res. Anses 56/2018, ley 27.260 y decreto 807/2016 y cuestiona la aplicación del fallo “M..Cuestiona lo decidido respecto a la inconstitucionalidad de los arts 20 24 25 26 9

de la ley 24241 y 9 de la ley 24463. Tambien se agravia de lo decidido respecto a las pautas de movilidad y se agravia de la imposición del impuesto a las.ganancias. Cuestiona lo decidido respecto a la aplicación del fallo “Villanustre”.

Por su parte la actora cuestiona lo decidido respecto a la regulación de honorarios por considerarlos bajos, cuestiona lo decidido respecto a la prescripción , a la tasa de interés II. Surge de autos que el actor obtuvo el beneficio el beneficio el 1/1/2005 al amparo de la ley 24241, habiendo adquirido la prestación básica universal, la prestación compensatoria y la prestación adicional por permanencia de carácter anticipadas al amparo de la ley 25994(6),24241,24476,25865 habiendo prestado servicios mixtos Como cuestión preliminar, cabe destacar que la función jurisdiccional de esta instancia sobre la sentencia apelada, queda circunscripta a los términos de los agravios expresados (artículos 271 in fine y 277 del CPCC).

III. En relación con la determinación de la Prestación Compensatoria (P.C.) y de la Prestación Adicional por Permanencia (P.A.P.), corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción – personal no calificado- (Res. 140/95

conf. Res. SSS n°413/94 concordante con Res. D.E.A 63/94), en las remuneraciones percibidas por el titular hasta la fecha de adquisición del beneficio (cfr. “Elliff, A. c/

Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11 de agosto de 2009, CSJN).

En relación con la queja interpuesta por el Organismo Administrativo en torno a la aplicación del índice combinado dispuesto por la ley 27.260, el D.. 807/2016 y la Resolución ANSeS nº56/18, corresponde hacer el siguiente análisis.

Fecha de firma: 18/10/2021

Alta en sistema: 21/10/2021

Firmado por: VICTORIA PEREZ TOGNOLA, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.M.L., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: A.C.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: V.P.P., JUEZ DE CAMARA

La petición referida a la aplicación del decreto 807/2016 no puede prosperar,

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