Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 29 de Febrero de 2016, expediente CNT 058289/2013

Fecha de Resolución29 de Febrero de 2016
EmisorSALA V

Causa N°: 58289/2013 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 38583 CAUSA Nº 58.289/2013 - SALA VII – JUZGADO Nº 55 Autos: “ORELLANA BENIGNO C/ LA JUJUY S.A. S/ DESPIDO”

Buenos Aires, 29 de febrero de 2016.

VISTO:

El recurso de apelación que interpuso la parte actora (fs. 112) en subsidio para el caso que se rechace la revocatoria peticionada contra la resolución de fs. 109/110 Y CONSIDERANDO:

El Sr. Juez a quo desestimó la extensión de responsabilidad y ampliación del embargo con interventor sobre la recaudación de Compañía de P.S.A., porque la única demandada en autos es “La Jujuy S.A.” y que para admitir la ejecución contra otra persona jurídica que no ha tenido personal intervención en el trámite de autos, que no ha sido condenada en la causa, violentaría principios constitucionales y procesales que hacen al debido proceso y al adecuado ejercicio del derecho de defensa en juicio, en particular la garantía consagrada en el art. 18 de la Constitución Nacional así como el instituto de cosa juzgada. Agregó que la pretensión de ejecutar el pronunciamiento sobre Compañía de P.S.A. vulnera el efecto relativo de la cosa juzgada.

La presentación en examen no constituye una crítica concreta y razonada del decisorio, pues la recurrente se ciñe a reiterar argumentaciones genéricas ya expuestas a fs. 97/102, que en modo alguno cumplen con la exigencia de indicar en forma detallada las deficiencias que pudiera reprochársele a la resolución que ataca, menos aún la refutación de las conclusiones en que se fundó el Dr. Grisolía su decisión, por lo que luce inidónea para obtener la revisión pretendida (art. 116 L.O.).

En autos, el accionante introdujo la pretensión de ampliar la orden de intervención y recaudación al contestar el pedido de levantamiento de embargo sin tercería de “Compañía de P.S.A.”, que fue desestimado en origen tanto lo peticionado por ésta como por el embargante, con fundamentos que no se ven conmovidos por lo argüido a fs. 111/112.

En consecuencia, como la pieza resulta inidónea a los efectos pretendidos, corresponde sin más confirmar lo decidido en primera instancia.

Las costas de alzada por...

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