Ordenanza Nro. 5145 - PRESUPUESTO GENERAL DE RECURSOS, EROGACIONES Y FINANCIAMIENTO DE LA MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA

EmisorMunicipalidad de Rivadavia
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2022

VISTO:

El Expediente N°2022-00411-9, Expediente Municipal N°2022-19540-4 caratulado: Secretaria de Hacienda eleva Proyecto Presupuesto Financiero 2023 y,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Hacienda del Municipio ha realizado la estimación para la Participación Municipal para el Ejercicio 2023, en la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE MILLONES CON 00/100 ($ 2.220.000.000,00), correspondientes a ingresos de Origen Nacional, más la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES CON 00/100 ($ 1.351.000.000,00) en concepto de recursos de Origen Provincial, más la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL con 00/100 ($ 673.600.000,00) correspondiente al cálculo de Recursos de Origen Municipal, que incluyen ingresos adicionales por el aumento en el valor de la Unidad Tributaria Municipal, recursos provenientes de Otros Fondos Descentralizados compuestos principalmente por fondos corrientes, recursos proveniente de la inversión transitoria de fondos en época de inflación, y considerando, asimismo, los importes a recibir de convenios especiales a realizarse con distintas entidades para la ejecución de obras públicas y programas especiales con fondos gestionados a la provincia, y nación, como así también ingresos provenientes de programas descentralizados de la gestión de la Provincia.

Que respecto al reembolso de obra pública se ha estimado un ingreso fundamentado principalmente en las obras de asfalto realizadas en el departamento durante los ejercicios 2018 a 2022, y las redes de gas natural de los distintos barrios del departamento, las cuales se encuentran declaradas de utilidad pública y sujetas a reembolso, y se ha recuperado hasta la fecha el 62% aproximadamente de los contribuyentes que han adherido al plan, por cuanto será un ingreso a considerar para el próximo ejercicio.

Que en el apartado financiamiento se ha previsto como el concepto más significativo, el aporte no reintegrable que pueda obtenerse de distintas jurisdicciones y del Gobierno de la Provincia; y en su caso el uso del crédito de Organismos Multilaterales, Gobierno Nacional, Provincial, con proveedores y/o entidades financieras, como así también el remanente del ejercicio anterior, resaltando que no se ha solicitado autorización para el uso del crédito.

Que, considerando los recursos y gastos corrientes, se prevé un resultado económico superavitario de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 942.450.000,00), permitiendo de esta forma realizar una importante inversión en erogaciones de capital del 21 % aproximadamente del presupuesto 2023.

En cuanto a la amortización de la deuda se ha calculado en Pesos Doce Millones Doscientos mil con 00/100 para el pago de los compromisos asumidos por este municipio, debido a que se deberá afrontar el pago de la amortización del Préstamo Ley 8873 del 2018, de ANSES y de convenios con el IPV, destinados al pago por la refacción del Club Argentino, y por el Plan de Vivienda Social, Rural y Ayuda Mutua, como así también se pagarán las cuotas de los préstamos otorgados por la provincia, uno para la adquisición de maquinaria y el otro para la adquisición de luminarias led en el marco del programa de Eficiencia Energética.

Que el presente Proyecto de Presupuesto, es de vital importancia como herramienta de gobierno para el funcionamiento de la estructura municipal.

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º

Sanciónese con fuerza de Ordenanza, el Presupuesto General de Recursos, Erogaciones y Financiamiento de la Municipalidad de Rivadavia Provincia de Mendoza para el año 2023, de acuerdo a las disposiciones, notas y a cuadros anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

CAPITULO I Artículos 2 a 8

ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO

Artículo 2º

RECURSOS: Estímese la suma de Pesos CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CINCUENTA MIL con 00/100 ($ 4.298.050.000,00), el cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones Totales incluidas en el artículo 3° de la presente Ordenanza, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

RECURSOS CORRIENTES $ 4.283.600.000,00
RECURSOS DE CAPITAL $ 14.450.000,00
TOTALES DE RECURSOS $ 4.298.050.000,00

(Sin financiamiento)

Artículo 3°

EROGACIONES: Fíjese en la suma de Pesos CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL con 00/100 ($ 4.683.850.000,00), las erogaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio 2023, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle de partidas principales que figura en las planillas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:

Concepto Total D.E. H.C.D.
EROGACIONES CTES $3.341.150.000,00 $3.156.950.000,00 $184.200.000,00
EROGACIONES de CAPITAL $1.342.700.000,00 $1.337.700.000,00 $ 5.000.000,00
TOTAL de EROGACIONES $4.683.850.000,00 $4.494.650.000,00 $189.200.000,00
(Sin amortización de deuda)

La registración contable de la ejecución en las erogaciones, se efectuará de conformidad al Acuerdo 3278/01 del Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

Artículo 4°

AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA: Fíjese en la suma de Pesos DOCE MILLONES DOSCIENTOS MIL con 00/100 ($12.200.000,00) o su equivalente en otros medios de pago, las erogaciones para atender la Amortización de la Deuda Pública consolidada, con el fin de abonar las cuotas previstas para el Ejercicio 2023 respecto de la amortización de la deuda correspondiente al Club Argentino y contribución de módulos habitacionales mediante fondos de IPV, pago de la deuda con el IPV por el Plan de Vivienda Social, Rural y Ayuda Mutua; como así también las cuotas del préstamo otorgado por la provincia para la adquisición de maquinaria, el préstamo para Eficiencia Energética también otorgado por la Provincia, y el préstamo correspondiente a la Ley 8873.

Artículo 5°

FINANCIAMIENTO: Estímese en la suma de Pesos TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES con 00/100 ($ 398.000.000,00) o su equivalente en otros medios de pago, el Financiamiento necesario de la Administración Municipal para el Ejercicio 2023 provenientes de Aportes No Reintegrables provinciales, Remanente de Ejercicio Anterior.

Artículo 6°

BALANCE FINANCIERO: Como consecuencia de lo establecido por los artículos precedentes, estímese el Balance Financiero Preventivo, cuyo detalle figura como Anexo IV, en la planilla denominada Cuadro Resumen de Recursos, Financiamiento y Erogaciones que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 206 de la Ley N° 8706 se implementará el sistema de Presupuesto por Programas. Que encontrándose pendiente de reglamentación por el P.E., como así también el Tribunal de Cuentas de la provincia no ha emitido acuerdo que lo norme, y que según al Art. 21 del Capítulo III de la Ley N° 8.706 de Administración Financiera de Mendoza, la Secretaria de Hacienda tendría competencias en lo referido a Presupuesto, ésta ha impartido instrucciones y acciones en cuanto a la elaboración y formulación del proyecto de presupuesto con el objeto de obtener la información necesaria con la cual se llevó a cabo la formulación del proyecto de presupuesto general y por finalidad y programas para el ejercicio económico financiero correspondiente, según se expresa en los anexos que obran en el presente.

Artículo 7°

PLANTA PERSONAL: Fíjese la planta de personal en la cantidad de cargos presupuestados para Departamento Ejecutivo y Honorable Concejo Deliberante según la situación de revista emanada de Dirección de Recursos Humanos y Administración y la distribución dispuesta en Anexo III que forma parte integrante de la presente Ordenanza, los cuales se detallan a continuación:

  1. DEPARTAMENTO EJECUTIVO

    1 - Cargos de la Planta de Personal Superior ... 12

    2 - Cargos de la Planta de Personal Permanente ... 441

    3 - Cargos en Reserva ... 284

    4 - Cargos Vacantes ... 159

    5 - Cargos No Escalafonados o Fuera de Escala ... 29

    6 - Cargos de la Planta de Personal Temporal ... 396

    7 - Cargos de Horas Cátedras Temporarias para el área de Deportes ... 260 horas cátedras.

    8- Cargos de Horas Cátedras para el Área de Cultura ... 100 horas cátedras.

    Si durante el transcurso del Ejercicio se produjesen ahorros presupuestarios de cargos vacantes temporarios, los mismos podrán ser utilizados siempre que el total de la erogación no supere el monto total previsto para la partida principal asignada a Personal.

  2. HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

    1 - Cargos de Autoridades Superiores ... 11

    2 - Cargos de Planta de Personal Permanente ... 5

    3 - Cargos en Reserva ... 5

    4 - Cargos de Personal No Escalafonado o Fuera de Escala ... 10

    5 - Cargos de la Planta de Personal Temporaria ... 5

    6- Cargos Vacantes ... 3

Artículo 8°

PLAN DE OBRAS PÚBLICAS Fíjese la suma de Pesos UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES con 00/100 ($ 1.235.000.000,00) el Plan de Obras Públicas Municipales para el presente Ejercicio. El mismo se encuentra detallado en Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza. El presente plan de obras públicas tiene carácter presupuestario pudiendo el Departamento Ejecutivo...

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