Ordenanza Nro. 5022 - PRESUPUESTO GENERAL DE RECURSOS, EROGACIONES Y FINANCIAMIENTO - EJERCICIO FINANCIERO 2021.

EmisorMunicipalidad de Rivadavia
Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2020

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 2020-13810-9, caratulado Secretaría de Hacienda eleva Presupuesto Ejercicio Financiero 2021, mediante el cual el Señor Intendente Municipal, remite Proyecto de Presupuesto año 2.021, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Hacienda del Municipio ha realizado la estimación para la Participación Municipal para el Ejercicio 2021, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CON 00/100 ($ 469.000.000,00), correspondientes a ingresos de Origen Nacional, más la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTISEIS MILLONES SESENTA MIL CON 00/100 ($ 426.060.000,00) en concepto de recursos de Origen Provincial, más la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL con 00/100 ($ 194.790.000,00) correspondiente al cálculo de Recursos de Origen Municipal, el cual incluye ingresos adicionales por el aumento en el valor de la Unidad Tributaria Municipal, y recursos provenientes de Otros Fondos Descentralizados compuestos principalmente por fondos corrientes, y considerando, asimismo, los importes a recibir de convenios especiales a realizarse para la ejecución de obras públicas con fondos gestionados a la provincia, como así también ingresos provenientes de programa descentralizados, de la gestión provincial y que se esperan los fondos de la Provincia.

Que en cuanto a reembolso de obra pública se ha estimado un ingreso fundamentado principalmente en las obras de asfalto realizadas en el departamento durante los ejercicios 2018, 2019 y 2020, y las redes de gas natural de los distintos barrios del departamento, las cuales se encuentran declaradas de utilidad pública y sujeta a reembolso, y se ha recuperado hasta la fecha el 45 % aproximadamente de los contribuyentes que han adherido al plan, por cuánto será un ingreso a considerar para el próximo ejercicio.

Que en el apartado financiamiento se ha previsto como el concepto más significativo, el aporte no reintegrable que pueda obtenerse de distintas jurisdicciones y del Gobierno de la Provincia; y en su caso el uso del crédito de Organismos Multilaterales, Gobierno Nacional, Provincial, con proveedores y/o entidades financieras.

Respecto al cálculo de gastos, se ha previsto un incremento respecto del Presupuesto 2020, que en promedio entre todas sus partidas alcanza el 30% aproximadamente en niveles generales.

Que, considerando los recursos y gastos corrientes, se prevé un resultado económico superavitario de PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CON 00/100 (177.140.000,00), permitiendo de esta forma realizar un importante inversión en erogaciones de capital del 17% del presupuesto 2021.

En cuanto a la amortización de la deuda se ha calculado en Pesos Trece Millones Doscientos mil con 00/100 para el pago de los compromisos asumidos por este municipio, debido a que se deberá afrontar el pago de la amortización del Préstamo Ley 8873 del 2016, la cual fue prorrogada por ANSES debido a la crisis económica que afecta a país, y deberá afrontarse junto con la que corresponde al mismo préstamo por el año 2017 en el 2021.

Que el presente Proyecto de Presupuesto, es de vital importancia como herramienta de gobierno para el funcionamiento de la estructura municipal.

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º

Sanciónese con fuerza de Ordenanza, el Presupuesto General de Recursos, Erogaciones y Financiamiento de la Municipalidad de Rivadavia Provincia de Mendoza para el año 2021, de acuerdo a las disposiciones, notas y a cuadros anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

CAPITULO I Artículos 2 a 8

ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO

Artículo 2º

RECURSOS: Estímese la suma de Pesos MIL NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL con 00/100 ($ 1.096.820.000,00), el cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones Totales incluidas en el artículo 3° de la presente Ordenanza, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

RECURSOS CORRIENTES $ 1.089.850.000,00

RECURSOS DE CAPITAL $ 6.970.000,00

TOTALES DE RECURSOS $ 1.096.820.000,00

(Sin financiamiento)

Artículo 3°

EROGACIONES: Fíjese en la suma de Pesos MIL CIENTO DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL con 00/100 ($ 1.116.820.000,00), las erogaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio 2021, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:

Concepto Total D.E. H.C.D.

EROGACIONES CTES $ 912.710.000,00 $ 871.580.000,00 $ 41.130.000,00

EROGACIONES DE CAPITAL $ 190.910.000,00 $ 188.755.000,00 $ 2.155.000,00

TOTAL DE EROGACIONES $ 1.103.620.000,00 $ 1.060.335.000,00 $ 43.285.000,00

(Sin amortización de deuda)

Artículo 4°

AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA: Fíjese en la suma de Pesos TRECE MILLONES DOSCIENTOS MIL con 00/100 ($13.200.000,00) o su equivalente en otros medios de pago, las erogaciones para atender la Amortización de la Deuda Pública consolidada, con el fin de abonar las cuotas previstas para el Ejercicio 2021 respecto de la amortización de la deuda correspondiente al Club Argentino y contribución de módulos habitacionales mediante fondos de IPV, pago de la deuda con el IPV por el Plan de Vivienda Social, Rural y Ayuda Mutua; como así también las cuotas del préstamo otorgado por la provincia para la adquisición de maquinaria y el préstamo para Eficiencia Energética también otorgado por la Provincia, y el préstamo correspondiente a la Ley 8873.

Artículo 5°

FINANCIAMIENTO: Estímese en la suma de Pesos CUARENTA MILLONES con 00/100 ($ 40.000.000,00) o su equivalente en otros medios de pago, el Financiamiento necesario de la Administración Municipal para el Ejercicio 2021 provenientes de Aportes No Reintegrables provinciales.

Artículo 6°

BALANCE FINANCIERO: Como consecuencia de lo establecido por los artículos precedentes, estímese el Balance Financiero Preventivo, cuyo detalle figura como Anexo IV, en la planilla denominada Cuadro Resumen de Recursos, Financiamiento y Erogaciones que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 206 de la Ley N° 8706 se implementará el sistema de Presupuesto por Programas. Y según al Art. 21 del Capítulo III de la Ley N° 8.706 de Administración Financiera de Mendoza, es competencia de Secretaría de Hacienda impartir instrucciones a las distintas Direcciones, Áreas y Coordinaciones del municipio, con el objeto de obtener la información necesaria para llevar a cabo la formulación del proyecto de presupuesto para el ejercicio económico financiero correspondiente.

Artículo 7°

PLANTA PERSONAL: Fíjese la planta de personal en la cantidad de cargos presupuestados para Departamento Ejecutivo y Honorable Concejo Deliberante según la situación de revista emanada de Dirección de Recursos Humanos y Administración y la distribución dispuesta en Anexo III que forma parte integrante de la presente Ordenanza, los cuales se detallan a continuación:

  1. DEPARTAMENTO EJECUTIVO

    1 - Cargos de la Planta de...

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