Ordenanza Nro. 2278 - PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS, CÁLCULO DE RECURSOS Y FINANCIAMIENTO 2018

EmisorMunicipalidad de Santa Rosa
Fecha de la disposición27 de Junio de 2018

VISTO: El Expediente Municipal Nº 750-H-2018 Caratulado Dirección de Hacienda eleva Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos y Financiamiento 2018 y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones el Departamento Ejecutivo, eleva a este H. Cuerpo el Proyecto de Presupuesto y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2018.-

Que las Comisiones correspondientes lo analizaron con la asistencia de la Dirección de Hacienda y del Departamento Ejecutivo.-

Que por esa razón y las expuestas en la nota de elevación del Departamento Ejecutivo, la Comisión solicita al H. Cuerpo la aprobación del presente proyecto de presupuesto.-

Por todo ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE

SANTA ROSA

O R D E N A :

El Presupuesto de la Municipalidad de Santa Rosa para el Año 2018

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1
ARTÍCULO 1º Apruébese el Presupuesto General de Recursos, Erogaciones y Financiamiento de la Municipalidad de Santa Rosa para el año 2018, obrante de fojas 2 a 7 de la presente pieza administrativa, de acuerdo a los dispositivos y a los cuadros anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza y en particular, con las siguientes modificaciones:
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 2 a 24
CAPÍTULO I Artículos 2 a 7

Del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Municipalidad de Santa Rosa

ARTÍCULO 2º

EROGACIONES: Estímese el Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Erogaciones de Capital de la Municipalidad de la Santa Rosa para el Ejercicio 2018, en la suma de TRESCIENTOS CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 86/100 ($ 305.786.921,86.-) de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en Planillas Anexas II, que forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º

INGRESOS: Estímese el Cálculo de Recursos Corrientes y Recursos de Capital, de la Municipalidad de Santa Rosa, para atender las erogaciones incluidas en los artículos precedentes, en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 86/100 ($ 305.786.921,86) o su equivalente en otros medios de pago, de acuerdo a la distribución que figura a continuación y al detalle obrante en la parte pertinente de las Planillas Anexas I.

RECURSOS CORRIENTES $ 305.286.921.86.-
RECURSOS DE CAPITAL $ 500.000,00.-
TOTAL DE RECURSOS $ 305.786.921.86.-
.
ARTÍCULO 4º Fíjese el Presupuesto de Gastos a nivel de Jurisdicción 01 “ DEPARTAMENTO EJECUTIVO “, en la suma de pesos DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 72/100 ( 280.314.871,72).-
ARTÍCULO 5º Fíjese el Presupuesto de Gastos a nivel de Jurisdicción 02 -HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en la suma de pesos VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CINCUENTA CON 59/100 (25.472.050,59).-
ARTÍCULO 6º La registración de la ejecución en las erogaciones, se efectuará de conformidad al acuerdo 3278/01 del Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
ARTÍCULO 7º PLANTA DE PERSONAL: Fíjese la Planta de Personal en la cantidad de cargos que se detallan a continuación, dicha Planta no podrá aumentarse durante el transcurso del año.-
  1. Departamento Ejecutivo.-

    PERSONAL DEPARTAMENTO
    CARGOS DE PLANTA DE NIVEL SUPERIOR 60
    CARGOS PERMANENTES 693
    CARGOS TEMPORARIOS 111
    CARGOS DE HS CATEDRA 277
    PERSONAL CARGO DOCENTE 67

    El Departamento Ejecutivo queda autorizado a realizar las contrataciones de personal bajo las modalidades dispuestas por la ley 5892, en su Artículo 15º.-

  2. Honorable Concejo Deliberante:

    PERSONAL H. C. D.
    CARGOS DE PLANTA NIVEL SUPERIOR 22
    CARGOS PERMANENTE 40
CAPÍTULO II Artículo 8

DE LAS NORMAS SOBRE EL GASTO Y RECURSOS

ARTÍCULO 8º MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS:
  1. Incremento Presupuestario por mayor recaudación

    Si durante el transcurso del ejercicio la recaudación obtenida supera la proyección del cálculo de recursos previsto, el Departamento Ejecutivo podrá aumentar el cálculo de recursos y consecuentemente incrementar las partidas de erogaciones, destinándolas a las erogaciones que se consideren prioritarias poniendo énfasis en las partidas de Capital, previo cumplimiento con los términos previstos por la Ley 7314 y decreto reglamentario 1671/05 establecido por el ámbito municipal.-

    En todos los casos deberá comunicarse al HCD dentro de los 30 (treinta) días de producirse el incremento presupuestario.-

  2. Incrementos presupuestarios con recursos afectados.

    Autorícese al Departamento Ejecutivo a ajustar el Presupuesto General, incorporando las partidas especiales necesarias o incrementándolo en las ya previstas, cuando deban realizarse erogaciones originadas por los recursos provenientes de :

    1. Provenientes de las operaciones de crédito público autorizadas por el Honorable Concejo Deliberante bajo las condiciones de la ley N° 1079 y N° 7314 de responsabilidad Fiscal.-

    2. Provenientes de donaciones, herencias o legados, con destino específico, a favor del Estado Municipal.-

    3. Provenientes de Leyes u Ordenanzas especiales, que tengan afectación específica.-

    4. Provenientes de Convenios o por adhesión a Leyes o Decretos nacionales o provinciales con vigencia en el ámbito municipal, como así también de aportes o bienes no...

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