Ordenanza Nro. 1739 - RETIRAR CHATARRA EN GENERAL QUE ESTE EN DETERIORO, INMOVILIDAD Y/O ABANDONO.

EmisorMunicipalidad de San Carlos
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2018

VISTO:

La Nota N° 703/18 en donde se expresa la necesidad de que se retiren los vehículos automotores, sus partes, o chatarra en general, estacionados en lugares de dominio público, en estado de deterioro, inmovilidad y/o abandono, y;

CONSIDERANDO:

Que según la Ley Provincial de Tránsito, Art. 114: “Procederá la retención o el retiro de los vehículos, en los siguientes casos, sin perjuicio de la multa que pudiera corresponder”. Inciso C): “Cuando encontrándose bien estacionados en vías o lugares públicos, se constate su permanencia continua en el mismo sitio por más de tres días corridos, la permanencia referida hará presumir el abandono, salvo manifestaciones vecinales, o de interesados que justifiquen la situación”;

Que los mismos, implican un peligro para la salud y la seguridad pública, produciendo contaminación del medio ambiente;

Que, independientemente de la circunstancia que provocó la situación por la cual un vehículo llega a convertirse en un residuo o chatarra, la problemática se complejiza cuando ese objeto es depositado en lugares comunes;

Que estos vehículos abandonados, a veces de gran porte, obstaculizan el tránsito en diversas arterias del Departamento, además de producir un foco contaminante, siendo muchas veces depósito de roedores o escondite para delinquir;

Que en reiteradas oportunidades, son los propios vecinos afectados, quienes solicitan respuestas con respecto a esta problemática;

Que desde la Dirección de Inspección General, los Inspectores pertenecientes al Área de Higiene Urbana, trabajan para generar acciones tendientes a conservar, mejorar y proteger el medio ambiente, realizando importante tarea de concientización, notificación, y como última instancia, labran acta de infracción, en caso que los dos primeros pasos no obtuvieron respuesta positiva;

ATENTO A ELLO:

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Art. 1°

Solicitar al Departamento Ejecutivo, que a través del Área de Higiene Urbana, proceda a fin de que se retiren los vehículos automotores, sus partes, o chatarra en general, estacionados en...

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