Ordenanza Nro. 13340 - ORD 13340 EXP 12056 PROY. PRESUPUESTO DE GASTO Y CÁLCULO

EmisorMUNICIPALIDAD LUJÁN DE CUYO
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2018

VISTO: EL EXPEDIENTE N° 12056-2018, INICIADO POR SEC. DE HACIENDA, ECONOMÍA Y DESARROLLO, OBJETO: ELEVA INFORME S/ PROYECTO DE PRESUPUESTO DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS; Y

CONSIDERANDO:

Que el inicio del Ejercicio 2019 y la necesidad de elaborar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2019.

Que en ejercicio de las atribuciones establecidas en la Ley 1079 el Departamento Ejecutivo remite el presente Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio 2019, con las previsiones dispuestas por la Ley Nº 7.314, de Responsabilidad Fiscal, las que se acompañan en Planillas Anexas.

Que para el Cálculo de Recursos se han tenido en cuenta los recursos según su origen, en el caso de los recursos de origen municipal se analizó el comportamiento de la recaudación durante el ejercicio 2018, teniendo en cuenta el resultado de la misma producto de la mejora de gestión para la cobranza de las Tasas Municipales, y se espera un incremento mayor aún para el ejercicio 2019 ya que se han implementado gran cantidad de medios de pagos lo que les facilita a los contribuyentes poder efectuar los mismos como así también la posibilidad que tienen de poder imprimir sus boletas por internet, y además se está poniendo un especial énfasis en aquellos contribuyentes que más adeudan haciéndoles un seguimiento individual a fin de persuadirlos para que paguen sus tasas, sobre todo previo a iniciarles acciones judiciales que llevan más tiempo para cobrarlas, incrementándole los montos de las deudas, también se consideraron las nuevas prestaciones municipales, otorgamiento de licencias de conducir, estacionamiento medido, ampliación de las zonas de servicios prestadas en el Pedemonte, mayor prestación de servicios de Agua y Cloacas debido al emplazamiento de nuevos emprendimientos, el incremento de la Unidad Tributaria Municipal (U.T.M.) previsto para el ejercicio 2019, además del futuro contexto de la actividad económica que si bien para algunos sectores está más complicados hay otros que empezaran a tener mayor movimiento y el avance en la eficacia de la gestión de cobro a través de la oficina de Recaudación a la que como dijimos le pondremos mayor énfasis a fin de que sea mayor la cantidad de contribuyentes que cumplan con sus obligaciones.

Que de dicho análisis surgió la necesidad de realizar el cálculo de ingresos previendo un incremento de la U.T.M. a Pesos SIETE CON VEINTICINCO centavos ($ 7,25), a fin de mantener el equilibrio financiero y presupuestario, este valor tendrá vigencia para todos los servicios que cobra el Municipio.

Que con respecto de los recursos de origen Nacional se ha tenido en cuenta lo efectivamente recaudado en el Ejercicio 2018 y su proyección para el Ejercicio 2019 sobre una evolución prevista según las estimaciones realizadas sobre la economía a nivel nacional y la reducción del 3% de las retenciones sobre la coparticipación.

Que los recursos de origen Provincial, se han calculado teniendo en cuenta la vigencia de la nueva Ley de Coparticipación Provincial que rige a partir del primero de enero de 2011 y su proyección para el Ejercicio 2019 sobre una evolución prevista en función del presupuesto de la Provincia, considerando que con la incorporación de la zona del Pedemonte se incrementará la participación del Municipio en los impuestos provinciales, Inmobiliario, Automotor, etc.

Que del mismo modo, el presente Proyecto ha previsto un incremento de los recursos descentralizados con asignación específica, futuros Programas y aportes de la Provincia y del Tesoro Nacional.

Que se ha tenido en cuenta los importantes aportes del Gobierno Nacional a fin de llevar adelante los programas de urbanización e infraestructura en algunos barrios y asentamientos del departamento, fondos para pavimentación y para la construcción de la red cloacal en el distrito de Perdriel, los que van a permanecer en obra durante el transcurso del año 2019 y se van a recibir los fondos correspondientes para afrontar la cancelación de dichas obras.

Que no será necesario contar con endeudamiento con el objeto de hacer frente a adquisiciones de bienes o a la construcción de nuevas obras no previstas en las autorizaciones ya otorgadas y en caso de decidir en el futuro la toma de financiamiento por beneficio o necesidad para la Municipalidad, el mismos será consensuado oportunamente con el Concejo Deliberante.

Que en relación a la estimación de las erogaciones se ha efectuado un análisis de cada categoría según la finalidad y funciones, teniendo en cuenta la situación departamental, incluyendo la incorporación de la zona del Pedemonte, a los medios y elementos necesarios para la prestación de los servicios municipales, como así también en lo referido a la infraestructura del mismo, lo que nos hace establecer la orientación del gasto en relación a continuar con la recuperación del Departamento.

Que para la determinación de las erogaciones se ha previsto la inversión en bienes para la recuperación del equipamiento municipal en las distintas áreas a fin de que permitan seguir prestando los servicios de manera eficiente, además se ha previsto la inversión en obras de distinta envergadura que permitan recuperar y mejorar la infraestructura departamental y otras que posibiliten mejorar la calidad de vida de los vecinos del Departamento.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LUJAN DE CUYO

ORDENA

Presupuesto de la Municipalidad de Lujan de Cuyo para el Año 2019

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 29
ARTICULO 1°

Sanciónese con fuerza de Ordenanza, el Presupuesto General de Recursos, Erogaciones y Financiamiento de la Municipalidad de Luján de Cuyo para el año 2019, de acuerdo a los dispositivos y a los Cuadros Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

CAPITULO I Artículos 2 a 9

ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO

ARTICULO 2°

EROGACIONES: Estímese el Presupuesto de Erogaciones de la Municipalidad Luján de Cuyo para el Ejercicio 2019, en la suma de PESOS DOS MIL SESENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 2.069.600.000.-), de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 3°

RECURSOS: Estímese el Cálculo de Recursos Corrientes y Recursos de Capital, para atender las erogaciones incluidas en el artículo precedente, en la suma de PESOS DOS MIL SESENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTO MIL ( $ 2.069.600.000.-), de acuerdo a la distribución que figura a continuación y al detalle obrante en la parte pertinente de las Planillas Anexas que forman parte integrante del presente Presupuesto.

ARTICULO 4°

AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA: Fíjense las Erogaciones para atender la Amortización de la Deuda Pública, en la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000.-).

ARTICULO 5°

PLAN DE TRABAJOS PÚBLICOS: Apruébese el Plan Detallado de Obras Públicas a ejecutarse en el Ejercicio...

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