Ordenanza Nro. 13110 - ORDENANZA 13110/17 - PRESUPUESTO 2018

EmisorMUNICIPALIDAD LUJÁN DE CUYO
Fecha de la disposición19 de Diciembre de 2017

VISTO:

El Expediente Nº Iniciado por Objeto 12839-2017 Sec. de Hacienda, Economía Eleva Informe s/ y Desarrollo Presentación de Proyecto de Presupuesto de Gastos Y

CONSIDERANDO:

Que el inicio del Ejercicio 2018 y la necesidad de elaborar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2018.

Que en ejercicio de las atribuciones establecidas en la Ley 1079 el Departamento Ejecutivo remite el presente Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio 2018, con las previsiones dispuestas por la Ley Nº 7.314, de Responsabilidad Fiscal, las que se acompañan en Planillas Anexas.

Que para el Cálculo de Recursos se han tenido en cuenta los recursos según su origen, en el caso de los recursos de origen municipal se analizó el comportamiento de la recaudación durante el ejercicio 2017 teniendo en cuenta, el resultado de la recaudación producto de la mejora de gestión para la cobranza de las Tasas Municipales, y se espera un incremento mayor aún para el ejercicio 2018 ya que se han implementado gran cantidad de medios de pagos lo que les facilita a los contribuyentes poder efectuar los mismos como así también la posibilidad que tienen de poder imprimir sus boletas por internet, y el incremento de la Unidad Tributaria Municipal (U.T.M.) previsto para el ejercicio 2018, además del futuro contexto de la actividad económica y el avance en la eficacia de la gestión de cobro a través de la oficina de Recaudación.

Que de dicho análisis surgió la necesidad de realizar el cálculo de ingresos previendo un incremento de la U.T.M. a Pesos CINCO CON SETENTA centavos ($ 5,70), a fin de mantener el equilibrio financiero y presupuestario, este valor tendrá vigencia para todos los servicios que cobra el Municipio.

Que con respecto de los recursos de origen Nacional se ha tenido en cuenta lo efectivamente recaudado en el Ejercicio 2017 y su proyección para el Ejercicio 2018 sobre una evolución prevista según las estimaciones realizadas sobre la economía a nivel nacional y la reducción del 3% de las retenciones sobre la coparticipación.

Que los recursos de origen Provincial, se han calculado teniendo en cuenta la vigencia de la nueva Ley de Coparticipación Provincial que rige a partir del primero de enero de 2011 y su proyección para el Ejercicio 2018 sobre una evolución prevista en función del presupuesto de la Provincia.

Que del mismo modo, el presente Proyecto ha previsto un incremento de los recursos descentralizados con asignación específica como es el caso del Fondo Federal Solidario de origen Nacional (Decreto P.E.N. 206/09) y futuros Programas y aportes de la Provincia y del Tesoro Nacional.

Que se ha tenido en cuenta los importantes aportes del Gobierno Nacional a fin de llevar adelante los programas de urbanización e infraestructura en algunos barrios y asentamientos del departamento, fondos para pavimentación y para la construcción de la red cloacal en el distrito de Perdriel.

Que además será necesario contar con financiación con el objeto de hacer frente a las deudas pendientes de cancelación, a lo que se agrega el préstamo de la Nación a fin de ir compensando las retenciones de coparticipación y la adquisición de bienes de capital con financiación de los proveedores, también será necesario contar con fondos para llevar a cabo obras necesarias para el Departamento y que con recursos propios no será posible llevarlas a cabo.

Que en relación a la estimación de las erogaciones se ha efectuado un análisis de cada categoría según la finalidad y funciones, teniendo en cuenta la situación departamental en relación a los medios y elementos para la prestación de los servicios municipales, como así también en lo referido a la infraestructura del mismo, lo que nos hace establecer la orientación del gasto en relación continuar con la recuperación del Departamento.

Que para la determinación de las erogaciones se ha previsto la inversión en bienes para la recuperación del equipamiento municipal en las distintas áreas a fin de que permitan seguir prestando los servicios de manera eficiente, además se ha previsto la inversión en obras de distinta envergadura que permitan recuperar la infraestructura departamental y otras que posibiliten mejorar la calidad de vida de los vecinos del Departamento.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LUJAN DE CUYO

ORDENA

Presupuesto de la Municipalidad de Lujan de Cuyo para el Año 2018

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 31
ARTICULO 1°

Sanciónese con fuerza de Ordenanza, el Presupuesto General de Recursos, Erogaciones y Financiamiento de la Municipalidad de Luján de Cuyo para el año 2018, de acuerdo a los dispositivos y a los Cuadros Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

CAPITULO I Artículos 2 a 10

ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO

ARTICULO 2°

EROGACIONES: Estímese el Presupuesto de Erogaciones de la Municipalidad Luján de Cuyo para el Ejercicio 2018, en la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 1.348.100.000.-), de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 3°

RECURSOS: Estímese el Cálculo de Recursos Corrientes y Recursos de Capital, para atender las erogaciones incluidas en el artículo precedente, en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA CIEN MIL ($ 1.290.100.000.-), de acuerdo a la distribución que figura a continuación y al detalle obrante en la parte pertinente de las Planillas Anexas que forman parte integrante del presente Presupuesto.

ARTICULO 4°

AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA: Fíjense las Erogaciones para atender la Amortización de la Deuda Pública, en la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000.-).

ARTICULO 5°

FINANCIAMIENTO: Estímese el Financiamiento en la suma de CINCUENTA Y OCHO MILLONES ($ 58.000.000.-), los que se utilizarán únicamente para el Plan de relocalización de las familias que viven en los asentamientos de la zona denominada “Bajo Luján”, para la adquisición de maquinarias a través de Licitación con la provincia, convenio con la Provincia por los terrenos de Agrelo (Colonia Furlotti), convenio con la Nación a fin de ir compensando las retenciones de coparticipación, según Ley Provincial Nº 8.873.

ARTICULO 6°

PLAN DE TRABAJOS PÚBLICOS: Apruébese el Plan Detallado de Obras Públicas a ejecutarse en el Ejercicio 2018, obrante en las Planillas Anexas integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 7°

PRESUPUESTOS PLURIANUALES, SUBSIDIOS, GASTO TRIBUTARIO E INDICADORES: Apruébense los detalles que figuran en sus respectivas Planillas Anexas, elaborados según exige la Ley Nº 7.314 de Responsabilidad Fiscal de la Provincia.

ARTICULO 8°

PLANTA DE PERSONAL: Establécese la Planta de Personal Permanente y Personal Temporario del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante en la cantidad de 1.888 (un mil ochocientos ochenta y ocho) agentes.

ARTICULO 9°

Fíjese a partir del uno de Enero de 2018 el valor de la Unidad Tributaria Municipal (U.T.M.) en CINCO PESOS CON SETENTA CENTAVOS ($ 5,70). Se autoriza al Departamento Ejecutivo a establecer un descuento de hasta el DIEZ POR CIENTO (10%)...

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