Ordenanza N° 52336/CjD/97
Firmantes | Pandolfi-Clienti |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Consejo Deliberante |
Fecha de la disposición | 25 de Noviembre de 1997 |
CONCEJO DELIBERANTE
OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO. PROGRAMA DE REFORMAS E INVERSIONES EN EL SECTOR EDUCACION (PRISE).
ORDENANZA N° 52336/ CjD/ 97
DELEGA FACULTADES EN EL PODER EJECUTIVO PARA QUE ESTE SUSCRIBA EL CONVENIO DE PRÉSTAMO, SUBSIDIARIO DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO 845/OC-AR, CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO PARA INCORPORAR A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN EL PROGRAMA DE REFORMAS E INVERSIONES EN EL SECTOR EDUCACIÓN.
Buenos Aires, 25/11/1997
EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir la documentación necesaria a efectos de incorporar a la Ciudad de Buenos Aires en el Programa de Reformas e Inversiones en el Sector Educación (PRISE), parcialmente financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que tiene como agencla ejecutora el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, con ajuste a la presente Ordenanza.
Autorizase al Poder Ejecutivo a celebrar con el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, un convenio de préstamo y de ejecución, subsidiario del Contrato de Préstamo N° 845/OC-AR (PRISE), en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. La normativa del Contrato antes mencionado, forma parte integrante de la presente ordenanza.
El Convenio cuya celebración autoriza el artículo anterior y los restantes documentos que deban suscribirse o aprobarse para acordar e instrumentar la incorporación de la Ciudad de Buenos Aires al PRISE y la utilización del financiamiento externo del mismo, deberán ajustarse a las especificaciones contenidas en el Contrato N° 845-OC-AR y a las condiciones básicas que se estipulan seguidamente y a las demás disposiciones de la presente ordenanza: a) El monto del financiamiento a atender mediante el uso del crédito externo, podrá ser de hasta una suma equivalente a dólares estadounidenses diez millones setecientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos treinta y dos (U$S 10.748.432.-); b) En garantía del cumplimiento de los compromisos de pago del financiamiento externo que asume la Ciudad de Buenos Aires (amortización, intereses. comisiones y gastos) serán afectados los fondos, que le correspondan al Tesoro de la Ciudad derivados del régimen de coparticipación federal...
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