Oficiales Nº 9946 de 23 de Mayo de 2006

Fecha de la disposición23 de Mayo de 2006

CAJA DE PREVISIÓN DE LA INGENIERIA, ARQUITECTURA, AGRIMENSURA, AGRONOMIA Y PROFESIONALES DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE CORDOBA RESOLUCIÓN Nº 3637: VISTO la disposición contenida en el primer párrafo del artículo 72 de la Ley 8470, en el sentido que "para tener derecho a gozar de los distintos beneficios que esta Ley otorga, los afiliados deben estar al día en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por cualquier título para con la Caja..." Y CONSIDERANDO: Que en las Resoluciones vigentes no se encuentra contemplada, para aquellos casos especiales, la modalidad de la cancelación de los saldos de deuda frente a la opción de aporte mínimo alternativo, efectuada oportunamente por el afiliado; Que dichos casos especiales son aquellos en que se produce el acaecimiento de las contingencias de enfermedad, accidente o muerte y se solicita el beneficio de Jubilación extraordinaria por Incapacidad o de Pensión por Muerte; Que el tratamiento que se resuelva dispensar, deberá ser diferente conforme sea o no el afiliado el que solicite el beneficio; Que siendo afiliado el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR