Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 14 de Junio de 2016, expediente CNT 034447/2010/CA002

Fecha de Resolución14 de Junio de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 40016 SALA VI Expediente Nro.: CNT 34447/2010 (Juzg. Nº 20)

AUTOS:”O.W.A.C. PARTICULARES S.A. Y OTROS S/DESPIDO”

Buenos Aires, 14 de junio de 2016.

VISTO:

La parte demandada apela la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora por considerarlos elevados y a su vez, este último los apela por estimarlos reducidos (fs. 715 y 717 respectivamente).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora, lucen reducidos, por lo que corresponde su elevación a la suma de $8.000 (PESOS OCHO MIL) (art. 38 Ley 18.345).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora a la suma de $8.000 (PESOS OCHO MIL).

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Conste que...

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