Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 24 de Agosto de 2005, expediente Ac 93154

PresidenteRoncoroni-Soria-Hitters-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución24 de Agosto de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 93.154 "N., W.R.R. de casación. R.. extraordinario de inaplicabilidad de ley".

//P., 24 de Agosto de 2005.

AUTOS Y VISTO:

Los recursos previstos en el art. 479 del Código Procesal Penal sólo proceden contra las sentencias definitivas, entendiendo como tales a las que terminan la causa o hacen imposible su continuación o las que, recayendo sobre una cuestión incidental, producen ese mismo efecto respecto de la causa principal (arts. 161 inc. 3 aps. "a" y "b" de la Constitución de la Provincia, 19 y 482 del Código citado; causas Ac. 76.521; 2-II-2000; Ac. 77.198, 16-II-2000; Ac. 83.423, 28-VIII-2002; Ac. 93.576, 15-XII-2004; Ac. 93.846, 11-V-2005).

En el caso el pronunciamiento del Tribunal de Casación que declara inadmisible el recurso, deducido contra la resolución de la Cámara que desestimó el planteo de nulidad del testimonio que diera base a la presente instrucción penal...

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