NOTIFICACIONES - NOTIFICACIÓN - SUMARIO ADMINISTRATIVO - INSPECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD

Fecha de la disposición29 de Julio de 2019

Ref. Expte. 4526-D-2016-00107. Mendoza, 26 de julio de 2019. VISTO: El Sumario Administrativo Nº 4526-D-2016 SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES REMITE COMPULSA P-92150/11 CDE. COPIA P-A 29645-D-2015-05179-N-0-7 FRAUDE A LA ADMINISTRACION PUBLICA“ seguidos en Inspección General de Seguridad, contra el Efectivo Policial Suboficial Mayor Retirado CARDOZO JACOBI Pablo Alfredo, y; CONSIDERANDO: Que, habiéndose establecido oportunamente fecha y hora de audiencia a fin de que el imputado en autos, Suboficial Mayor Retirado CARDOZO JACOBI Pablo Alfredo, D.N.I: 13.469.925, prestara declaración indagatoria administrativa en esta Sede, la misma ha fracasado por la incomparecencia del mismo, habiendo sido notificado en el domicilio denunciado en el expediente, quedando constancia a fojas 195 y surgiendo de la misma que no reside en el lugar desde hace mas de dos años a la fecha, desconociéndose su actual paradero. Que por no haber sido posible lograr su comparecencia formal, y a fin de no dilatar la instrucción del presente sumario administrativo, corresponde proceder a la notificación conforme al Art. 152 de la Ley 9.003 el que a continuación se transcribe: “El emplazamiento, la citación y las notificaciones a personas inciertas o cuyo domicilio se ignore se hará por edictos publicados en el Boletín Oficial durante tres (3) días seguidos y se tendrán por efectuadas a los ocho (8) días, computados desde el siguiente al de la última publicación“, además haciéndole saber los términos de la Indagatoria Administrativa como así concederle los beneficios previstos en el Art. 120º de Ley 6722/99. Por ello, la Instrucción Sumaria que suscribe seguidamente; RESUELVE: Artículo 1ro.- Hacerle saber al incoado en autos que según Resolución Nº 565/18 del Directorio de la Inspección General de Seguridad, su conducta ha sido encuadrada como infracción “prima facie” lo dispuesto en el art. 100º, inciso 1º, en función con lo dispuesto en el artículo 8º, primera parte en concordancia con el artículo 43º, incisos 1º, 3º, 4º y 5º, y lo dispuesto en los agravantes establecidos en el artículo 88º de la ley de rito en sus incisos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 11º 13º todos de la ley 6722/99 y sus modificaciones. Asimismo se le hace conocer al sumariado lo prescripto en el artículo 119º inc. a) (Solución de conflicto), b) (suspensión de sumario a prueba), c) (sumario abreviado inicial). Por este acto se lo notifica que por así haberlo dispuesto el Directorio de Inspección...

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