NOTIFICACIONES - EXPTE 152652 CARATULADO: RIVEROS CARLOS JOSE C/ MAYCA SRL Y OTROS P/ DESPIDO

Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2021

JUECES DE LA PRIMERA CÁMARA DEL TRABAJO de la Primera Circunscripción de Mendoza Poder Judicial Mendoza, en los autos N° 152652, caratulados “RIVEROS CARLOS JOSE C/ MAYCA SRL Y OTROS P/ DESPIDO” NOTIFICA a: CARLOS ELIAS PEREZ, MARIA ISABEL RODRIGUEZ, y JUAN CARLOS TORRES de ignorado domicilio, las resoluciones dictadas a fs. 144, las que transcriptas en su fecha y parte pertinente: “Mendoza, 19 de agosto de 2021. VISTOS Y CONSIDERANDOS: …… RESUELVE: I.- Declarar a los Sres. CARLOS ELIAS PEREZ; RODRIGUEZ MARIA ISABEL y JUAN CARLOS TORRES, demandados en autos, de ignorado domicilio. II.- Notifíquese el decreto que los declara rebeldes a fs. 129 mediante edictos a publicarse en el Boletín Oficial por CINCO VECES (art. 36 C.P.L.).- REGISTRESE Y NOTIFIQUESE (Dr. Casetti Ricardo mat. 3674). Dra. Elcira Georgina DE LA ROZA, Juez de Cámara. A Fs. 129 el Tribunal resolvió: Atento lo solicitado y constancias del expediente, declárase REBELDE al demandado TALPO S.R.L., BATOM S.R.L , MAYCA S.R.L, CARLOS ELIAS PEREZ , MARIA ISABEL RODRIGUEZ, JUAN CARLOS TORRES, LILIANA BEATRIZ DEL AMOR, ALICIA ANA MARIA TREUTHARDT , en los términos de los artículos 75 y 76 del Código Procesal Civil y 45 del Código Procesal Laboral, con transcripción de las normas citadas: Art. 75 - Procedimiento y efectos de la rebeldía: Vencido el plazo señalado para comparecer o para contestar en el caso de reconvención, se declarará rebelde al incompareciente, notificándose el decreto de rebeldía y la sentencia en la misma forma que se le había notificado el emplazamiento. Las demás actuaciones judiciales se tendrán por notificadas conforme a lo dispuesto por el artículo 66. Cuando la notificación se...

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