NOTIFICACIÓN

Fecha27 Enero 2020
Número de registro31373
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA - ROSARIO

Por Disposición N°171/20, la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Rosario, Ministerio de Desarrollo Social, con asiento en la ciudad de Rosario, dentro de los legajos administrativos 4.644 Y 4.645 referenciados administrativamente como “ KEVIN CARLOS YAHIR RODRIGUEZ Y OTRO S/ REVOCATORIA PARCIAL DE RESOLUCION DEFITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS” en trámite por ante el Equipo Interdisciplinario Nº 4, perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Rosario, Ministerio de Desarrollo Social ; sírvase notificar por este medio al señor SRA. Andrea Ramona Rodriguez DNI 30.362.902 con domicilio desconocido, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “ Rosario, 30 DE JULIO de 2020, DISPOSICIÓN N° 171/20 VISTO... CONSIDERANDO.... 1) REVOCAR PARCIALMENTE el acto administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos adoptado mediante Disposición n° 256/18 de fecha 19/9/18; en relación a KEVIN CARLOS YAHIR RODRIGUEZ DNI: 48.137.608 nacido en fecha 23 de Julio de 2005 y BAUTISTA JESUS LEON DNI: 48.901.166 nacido en fecha 01 de Septiembre de 2008, hijos de Andrea Ramona Rodríguez DNI: 30.362.902 con domicilio desconocido, siendo Bautista hijo de Juan Domingo León DNI: 16.943.020 con domicilio desconocido de conformidad a lo dispuesto por el artcíluco 51 de la ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario. 2) SUGERIR al Tribunal Colegiado competente, en donde tramita el control de legalidad de la presente, que KEVIN CARLOS YAHIR RODRIGUEZ y BAUTISTA JESUS LEON accedan a TITELA en favor de la Sra. DANIELA GRAF DNI: 23.799.910. Todo ello en virtud de las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este organismo de aplicación administrativa en la materia, pro imperativo legal de orden público, estatuido por la CN; Ley N°26061; Ley 12967 y su respectivo decreto reglamentario; código Civil y Comercial de la Nación; CPC y C Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias. 3) DISPONER notificar dicha diosposicion a los representamntes legales de los niños de referencia. 4) DISPONER notificar la revocatoria parcfial de la resolucion defintiiva ante el Tribunal intervineinte de la Medida de Proteccion excepcional de Derechos.- 5)OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y...

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