NOTIFICACIÓN

Fecha21 Julio 2022
Número de registro36879
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA -2ª CIRCUNSCRIPCIÓN - ROSARIO

Por Disposición Administrativa N° 88/22 de fecha 13 de Junio de 2022, la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Desarrollo Social, Provincia de Santa Fe, dentro del Legajo Administrativo N° 15.270 referenciadas administrativamente como: “MANIELL, TRINIDAD- DNI 47.507.037- LEGAJO 15.270 S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL”, que tramitan por ante el equipo interdisciplinario perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Desarrollo Social, sírvase notificar por este medio al la Sra. Fabiana Conti DNI 22.867.832 con domicilio en Colonia 3 de Abril, Dpto. Bella Vista, Provincia de Corrientes y del Sr. Jorge Ignacio Maniell, DNI 27.414.522, con domicilio en Pje. Río Gallegos 480 de Pérez- que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 13 de Junio de 2022, DISPOSICIÓN Nº 88/22 VISTO... CONSIDERANDO.... DISPONE: A.- DICTE la DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA correspondiente a la ADOPCIÓN DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS respecto TRINIDAD MANIELL, DNI 47.507.037, nacida en fecha 17 de Abril de 2007, hija de la Sra. Fabiana Conti DNI 22.867.832, con domicilio en Colonia 3 de Abril, Dpto. Bella Vista, Provincia de Corrientes y del Sr. Jorge Ignacio Maniell, DNI 27.414.522, con domicilio en Pje. Río Gallegos 480 de Pérez, consistente en la separación temporal de su centro de vida y su alojamiento transitorio en Centro Residencial perteneciente al Sistema de Protección Integral. B.- DISPONGA notificar dicha medida a los progenitores y/o representante legales de la adolescente. C.- DISPONGA notificar la adopción de la presente medida y solicitar el control de legalidad, al tribunal Colegiado de Familia interviniente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el artículo 62 de la Ley 12.967. D.- TENGA PRESENTE el plan de acción concreto previsto en el punto II el presente a los fines pertinentes. E.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHÍVESE Fdo. María Florencia Ghiselli Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - Ministerio de Desarrollo Social.- Rosario.- Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de la lista de defensores oficiales...

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