NOTIFICACIÓN

Fecha11 Febrero 2021
Número de registro32602
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA ROSARIO

NOMBRE: SR. LAURO ROBERTO MANCILLA- DNI N° 33.830.003

DOMICILIO: CASAUX N° 2895. MARIANO ACOSTA, MERLO- PCIA DE BS. AS

Por medio de la presente me dirijo a Usted a efectos de hacerle saber que en las actuaciones administrativas: Legajo Social N° 12.994 referenciadas administrativamente como: “LAUTARO RODRIGO MANCILLA, DNI 53.814.955, leg. Nº 12.994 s/ Resolución Definitiva Medida de Protección Excepcional” en trámite por ante el equipo interdisciplinario perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia- Dpto. Rosario- Ministerio de Desarrollo Social, con asiento en la ciudad de Rosario; se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente acompañándose copia certificada conforme lo dispuesto por el art.61 del Dto reglamentario N°619/10: “Rosario, 30 de Noviembre de 2020. DISPOSICIÓN N° 248/20. VISTOS... CONSIDERANDO...DISPONE: 1-DICTAR acto administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a Lautaro Rodrigo Mancilla, titular del DNI N° 53.814.955, fecha de nacimiento 01/03/2014, hijo de la Sra. Jesica Cecilia Guzmán, titular del DNI N.º 31.147.164, con domicilio en Bv. Kennis N° 575 de Las Rosas, Pcia. de Santa Fe y del Sr. Lauro Roberto Mancilla, titular del DNI N° 33.830.003, con domicilio en calle Casaux N° 2895 Mariano Acosta, Merlo Pcia. De Buenos Aires, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; 2-SUGERIR al Juzgado de Familia interviniente, que se otorgue judicialmente la TUTELA de LAUTARO MANSILLA a favor del Sr. Alejandro Muzzio. Todo ello en virtud de las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este organismos de aplicación administrativa en la materia, pro imperativo legal de orden público, estatuido por la CN; Ley N°26061; Ley 12967 y su respectivo decreto reglamentario; código Civil y Comercial de la Nación; CPC y C Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias; 3-SUGERIR la privación de la responsabilidad parental a Jesica Cecilia Guzmán, titular del DNI N.º 31.147.164 y del Sr. Lauro Roberto Mancilla, titular del DNI N° 33.830.003, de acuerdo a lo establecido en el artículo 700 y ss del Código Civil y Comercial; 4-DISPONER: que se efectúe el procedimiento destinado a la notificación del acto administrativo a los progenitores del niño y al Juzgado de Familia...

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