NOTIFICACIÓN
Número de registro | 29965 |
Fecha | 28 Noviembre 2019 |
Emisor | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA |
Por Disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- Rosario, dentro del Legajo Social Nº 01-012276 referenciado administrativamente como “PAULO NICOLAS GALARZA, DNI 47.508.531 s/ resolución definitiva de medida deprotección excepcional de derechos”, en trámite por ante el Equipo Territorial Interdisciplinario de la localidad de Casilda, perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, con asiento en la ciudad de Rosario; se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente, acompañándose copia certificada conforme lo dispuesto por el art. 61 del Dto. reglamentario Nº 619/10, y se procede a NOTIFICAR a al Sr. IGNACIO DAVID GALARZA, DNI 30.914.662, con domicilio desconocido; “Rosario, 13 de noviembre de de 2019. Disposición Nº 500/19: VISTOS...CONSIDERANDO... DISPONE: 1.- DICTAR el acto administrativo de resolución definitva de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a PAULO NICOLAS GALARZA, DNI 47.508.531, nacido el 17 de septiembre de 2005, hijo de Alicia Juncos, DNI 28.405.578 (fallecida) y de Ignacio David Galarza, DNI 30.914.662, con último domicilio conocido en calle Velez Sarfield entre Alsina y Bogado de Casilda, y de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 de la Ley 12967 y su respectivo decreto reglamentario. 2.- SUGERIR que PAULO NICOLAS GALARZA acceda a una tutela en favor de la Srs. Sandra Noemi Juncos, DNI 20.587.754, domiciliada en calle Sargento Cabral Nº 1368 de Casilda, todo ello de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 12967 y su respectivo en base a las actuciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este Organismo de aplicación administrativa en la materia, por Imperativo Legal de orden público, estatuido por la CN, Ley 26061, Ley 12967 y su respectivo decreto reglamentario, Código civil, CPCyC de Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias. 3.- SUGERIR la privación de la responsabilidad parental al Sr. Ignacio David Galarza, DNI 30.914.662, de acuerdo a lo establecido en el Art. 700 y ss del Código Civil y COMERCIAL; 4.- Notifíquese al responsable legal del joven y/o representante legal en el domicilio denunciado. 5.- Notifiquese al Tribunal Colegiado de Familia interviniente una vez agotado el trámite recursivo...
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