NOTIFICACIÓN

Fecha24 Diciembre 2019
Número de registro30161
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Por Disposición N.º 524/19 de fecha 28 de noviembre de 2019 , la Subsecretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, dentro de los legajos administrativa “JAIME CARLA MARIA S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS” que tramitan por ante el equipo interdisciplinario Nº3 perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, sírvase notificar por este medio a la SRA. Jaime Beatriz Margarita, DNI 27.368.938 titular con domicilio desconocido, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: Rosario, 28 de noviembre de 2019. DISPOSICIÓN N°524/19. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:..1.- DICTAR acto administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos de Urgencias oportunamente adoptada, en relación a JAIMES CARLA MARÍA ALEJANDRA DNI 47.856.510, nacida en fecha 15/03/2007, hija de la Sra. Jaime Beatriz Margarita DNI 27.368.938 con domicilio desconocido, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario;2- SUGERIR al Tribunal Colegiado interviniente las medidas definitivas sugeridas fundadamente por este equipo interdisciplinario, en cuanto a que JAIMES CARLA MARÍA ALEJANDRA acceda a una tutela en favor de la Sra Liliana Aguirre DNI 36.849.403 y al Sr. Juan Galvan, DNI 21.567.608, ambos con domicilio en planta urbana S/N B° 9 de julio de la localidad de Gancedo, (Chaco). Todo ello en virtud de las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este organismos de aplicación administrativa en la materia, pro imperativo legal de orden público, estatuido por la CN; Ley N°26061; Ley 12967 y su respectivo decreto reglamentario; código Civil y Comercial de la Nación; CPC y C Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias. 3)- SUGERIR la privación de la responsabilidad parental a Sra.Jaime Beatriz Margarita DNI 27.368.938, de acuerdo a lo establecido en el artículo 700 y ss del Código Civil y Comercial;4) NOTIFIQUESE a la progenitora de la niña.-5) NOTIFIQUESE al Tribunal Colegiado interviniente, una vez agotado el trámite recurso previsto por el art. 62 Ley 12967.-6)OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Se transcriben a...

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