Notificacion
Fecha de Entrada en Vigor | 14 de Julio de 2017 |
Emisor | Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y Familia |
Fecha de la disposición | 13 de Enero de 2017 |
DIRECCION PROVINCIAL
DE PROMOCION DE LOS
DERECHOS DE LA NIÑEZ,
ADOLESCENCIA Y FAMILIA
NOTIFICACION
Por Resolución de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción de Rosario, Provincia de Santa Fe, dentro del legajo administrativo Nº 01-01143 “VELAZQUEZ VIDELA PRISCILA AYLEN S/ SOLICITUD DE ADOPCI{ON DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL”, que tramita por sorteo en el Tribunal Colegiado Nº 5, Secretaria Dra. Bojanich Milca Mileva, se hace saber al Sr. VELAZQUEZ VIDELA GASTON LORENZO, DNI Nº 31.168.288, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “DISPOSICIÓN Nº 77/16, Rosario, 13 de Mayo de 2016.- Y VISTOS:....… Y CONSIDERANDO:...… DISPONE: “ 1.- Dictar el Acto Administrativo de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a Velazquez Videla Priscila Aylén, D.N.I 46.578.368, hija de López María Cristina, D.N.I 40.359.483, con domicilio en calle Granaderos a Caballo y Crespo (asentamiento La Tablita), de Villa Gobernador Galvez y del Sr. Velazquez Videla Gastón Lorenzo, D.N.I 31.168.288, de domicilio desconocido consistente en la separación temporal de su centro de vida y su permanencia en una Institución perteneciente al Sistema de Protección Integral dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, Secretaria de Desarrollo para la Ciudadanía, Ministerio de Desarrollo Social, por un plazo de noventa (90) días, sin perjuicio de sus respectivas prórrogas, acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. B de la Ley Provincial Nº 12.967 y sus respectivo Decreto Reglamentario. Durante el plazo estipulado se trabajará en la ejecución del plan de acción trazado para intentar dar solución a la problemática existente. 2- Notificar dicha Medida Excepcional de Derechos a los representantes legales de la niña.- 3.- Notificar la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art. 62 de la Ley Nº 12.967.- 4.- OTORGUESE el trámite correspondiente, registresé, comuníquese y notifiquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo. Dra. Alicia E.M. Gimenez.- Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Nodos Rosario y Venado Tuerto.- Se le hace saber que tiene derecho...
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