Notificacion

EmisorDirección Provincial de Promociã N de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia.
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2015

Por estar así dispuesto por la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, María Alejandra Kosak Slobodianiuk, se hace saber al Sr. Roberto Sorondo, D.N.I. nº 11.478.976, con domicilio real desconocido, la adopción de medida de protección excepcional de derechos urgente adoptada en beneficio de la joven Valentina Sorondo Ortiz y su posterior Cese, de conformidad al art. 58 bis de la ley 12.967: “Santa Fe, 28 de abril de 2.015. Atento al pedido de adopción de Medida de Protección Excepcional de Derechos Urgente, que solicitare el Equipo de Guardia perteneciente a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, que interviene en relación a la situación de la adolescente SORONDO ORTIZ, VALENTINA, con fecha de nacimiento 07/10/1998, de 17 años de edad quien acredita su identidad con D.N.I. Nº 40.705.5 76 en la localidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, siendo su progenitura en ejercicio de la patria potestad la Sra. ORTIZ ANA CAROLINA, con D.N.I. N° 18.394.342, con domicilio en calle Belgrano Nº 5648; dado que se encuentra acreditada, verosímilmente la vulneración de derechos de la niña referenciada (Art. 9 - Derecho a la Vida, Art. 10 - Derecho a la Integridad Personal - Art 12 -Derecho a la Convivencia Familiar y Comunitaria de Ley provincial 12.967); es que María Alejandra Kosak Slobodianiuk, en su carácter de Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, en el ejercicio de funciones propias y específicas establecidas conforme al Decreto N° 3.055/2.013 y las instauradas por la Ley Provincial Nº 12.967, Decreto Reglamentario N° 619/2010 y su correlato en la Ley Nacional N° 26.061, constituyendo domicilio a estos efectos legales en calle San Luis n° 3.135 de la ciudad de Santa Fe. Dispone: Dar inicio al procedimiento de adopción de Medida de Protección Excepcional de Derechos Urgente, conforme a lo preceptuado en el art. 58 bis de la Ley N° 12.967 y modificatoria Ley N° 13.237/11, ordenándose la efectivización de la medida por el término que fuese necesario, quedándola adolescente citada, alojado en el Sistema de Cuidados Institucionales en el Hogar La Esperanza, todo ello para su protección y resguardo, a fin de asegurarle la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías, así como su pleno y efectivo ejercicio (art. 3 Ley Nº 2.967 y sus correlato en la Ley Nacional N° 26.061 y el T. I. de orden...

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