Notas sobre el currículo de estudio del Derecho Romano en algunas de las universidades de la Ciudad de Buenos Aires en el siglo XX
Autor | Claudia Gabriela Somovilla |
Páginas | 250-270 |
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UNIVERSIDAD DEL SALVADOR
Facultad de Ciencias Jurídicas
Facultad de Filosofía, Historia y Letras
IUSHISTORIA
Revista Electrónica
Nº 1 - 2ª edición corregida – Marzo de 2005
Buenos Aires, Argentina
www.salvador.edu.ar/juri/reih/index.htm
NOTAS SOBRE EL CURRÍCULO DE ESTUDIO DEL DERECHO
ROMANO EN ALGUNAS DE LAS UNIVERSIDADES DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES EN EL SIGLO XX
CLAUDIA GABRIELA SOMOVILLA
“Las consecuencias están siempre vinculadas con
los antecedentes; pues no se trata de una simple
enumeración aislada y que contiene tan sólo lo
determinado por la necesidad, sino de una combinación
racional. Y al igual que las cosas que existen tienen una
coordinación armónica, así también los acontecimientos
que se producen manifiestan no una simple sucesión, sino
cierta admirable afinidad”, Marco Aurelio1.
1. Introducción.
Este trabajo es el producto de la primer etapa de una investigación sobre la
enseñanza del Derecho Romano, através de las currículas de la carrera de Derecho en
las Universidades de la Ciudad de Buenos Aires, en el siglo XX2.
1 MARCO AURELIO, Meditaciones. Madrid, Editorial Gredos S.A., 1999. Libro IV. 42., p.92.
2 SOMOVILLA, Claudia Gabriela, “Una primera aproximación a la curricula de Historia del
Derecho Romano y del Derecho Romano, en algunas Universidades de Buenos Aires, en las últimas
décadas de la segunda mitad del siglo XX (UB.A., U.S.A.L., U.M.S.A, U.K., U.C.A.S.A.L.)”.En II
Encuentro de Trabajo “El Derecho Romano. Ayer, Hoy y Siempre”, Universidad de Congreso,
Mendoza – Argentina, 2003.
2
Los objetivos planteados son:
- Comprobar la trascendencia dada, por las diversas Universidades, al basamento
jurídico aportado por la cultura romana a la formación de los profesionales del
Derecho. En tal sentido afirmaba Edouard Cuq hacia 1904, “Puede decirse que los
romanos fijaron para todos los tiempos las categorías del pensamiento jurídico” 3.
- Conocer, clasificar y analizar, los programas analíticos, los planes didácticos en
su caso y la bibliografía obligatoria y de referencia, de existir. Jorge Joaquín
Llambías destaca la importancia del estudio del Derecho Romano y afirma: “El
derecho romano continúa siendo todavía una excelente propedeútica del derecho
actual. Especialmente, el estudioso del derecho privado encuentra en el
conocimiento de las instituciones jurídicas durante su evolu ción desde la Ley de las
XII Tablas hasta el Corpus Iuris Civilis la vía más accesible para iniciarse en el
estudio del derecho vigente. En el mundo occidental, la estructura del derecho civil
sigue respondiendo en lo esencial a los criterios y directivas del derecho romano
histórico. De ahí el provecho que puede brindar...” 4.
He empleado el método histórico-jurídico. La investigación se dividió en tres
etapas: la búsqueda de las fuentes directas e indirectas –concretamente los currículos
de estudio del Derecho Romano en las distintas Facultades de Derecho, las
referencias a ellas en discursos de Académicos o revistas universitarias, o bien en
bibliografía sobre la historia de las Instituciones Académicas de interés - en primer
termino. Luego el análisis, la confrontación y la valoración de la información
obtenida de las fuentes halladas; y la ordenación de los datos obtenidos, a fin de
poder elaborar una información científica de los resultados alcanzados.
Eugene Petit, afirmó respecto de la utilidad del Derecho Romano que: “(...) su
estudio no ha cesado de constituir con justo título la base de toda educación jurídica
(...)” 5 .
3 CUQ, Edouard, Les institutions juridiques des Romains, 1904. Vol. I, p. 24.
4 LLAMBÍAS, Jorge Joaquín, “Prólogo” a “ El Derecho de las Sucesiones en Roma” de Nina Ponssa
de la Vega de Miguens. Buenos Aires, Lerner Editores Asociados, Junio de 1969.
5 PETIT, Eugene, Tratado Elemental de Derecho Romano. Buenos Aires, Editorial Albatros, 1961. p.
23.
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