Nota Externa 78/2008

Fecha de publicación16 Septiembre 2008
Fecha de disposición16 Septiembre 2008
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31490

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Nota Externa Nº 78/2008

Reexpedición de mercaderías comprendidas en la Resolución ex - ANA Nº 3115/94.

Bs. As., 12/9/2008

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13658-50-2008 del registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Decreto Nº 395/75, la Resolución ANA Nº 258/93 y sus modificatorias y la Resolución ANA Nº 3115/94 y sus modificatorias; y considerando:

Que resulta necesario ajustar los controles que le son propios a la Dirección General de Aduanas, en el movimiento internacional de mercaderías, y en especial aquellas contempladas en la Resolución ANA Nº 3115/94 y modificatorias, cuando las mismas sean reexpedidas al exterior en el marco de la citada Resolución ANA Nº 258/93 y modificatorias.

Que este criterio se adopta en el marco de las Leyes Nº 25.449 y 26.138, las cuales aprobaron en nuestro país, la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados y el Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones.

Por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º, Apartado 2, Inciso a), del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, se instrumenta el siguiente procedimiento:

1 — Cuando mediaren causas justificadas, el servicio aduanero autorizará la reexpedición al exterior de las mercaderías comprendidas en la Resolución ANA Nº...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR