Sentencia de CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 6, 9 de Octubre de 2018, expediente CCC 025686/2017/CA002

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 6

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 6 CCC 25686/2017/CA2 RAMÍREZ MARTÍNEZ, J.G.P.J.N. en lo Criminal y Correccional N° 5 (VF)

Buenos Aires, 9 de octubre de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Intervenimos en la apelación interpuesta por la defensa de J.G.R.M. (fs. 227/228), contra el punto I del auto de fs. 219/224 que lo procesó en orden al delito de lesiones graves, calificadas por el uso de un arma de fuego.

  2. La parte no cuestiona la materialidad del hecho. Sus agravios radican en que no existen en el legajo elementos que acrediten la intervención, y menos aún, responsabilidad de su asistido en el mismo. Sin embargo, disentimos con su postura.

  3. Primeramente la arbitrariedad de la decisión que proclama en los términos del artículo 123 del Código Procesal Penal de la Nación no prosperará. Es que se advierte sin mayor esfuerzo que su planteo entraña, en rigor de verdad, una mera disconformidad con la valoración de la prueba efectuada en la anterior instancia.

Aclarado ello, nos abocaremos al fondo de la cuestión.

D.E.R. refirió que en la madrugada del 8 de diciembre de 2016, acompañó a un amigo apodado “El Panda”

–cuyos datos personales desconocía– a un conventillo ubicado sobre la calle V. y su intersección con Necochea de esta ciudad, para que comprara estupefacientes a un hombre de nacionalidad colombiana que residía allí junto a su mujer y dos niños pequeños.

Él no ingresó a la vivienda; lo esperó abajo y como ambos discutieron, “el colombiano […] se asomó por una ventana, sacó su torso para afuera” lo vio y “sin [decir] nada”, le disparó

varias veces, dándole a la altura de las costillas y en el brazo izquierdo (fs. 164/165).

Si bien no aportó el nombre de su agresor porque dijo no saberlo, varios indicios graves, ciertos y concordantes nos llevan a Fecha de firma: 09/10/2018 Firmado por: JULIO M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.M.C., SECRETARIA DE CÁMARA #29796157#216811777#20181009145351745 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 6 CCC 25686/2017/CA2 RAMÍREZ MARTÍNEZ, J.G.P.J.N. en lo Criminal y Correccional N° 5 (VF)

afirmar, con el grado de probabilidad requerido en esta etapa, que se trata de J.G.R.M.. Veamos.

El progenitor del damnificado, D.H.R., sin haber conversado con su hijo luego de lo sucedido, se presentó en la zona que aquél frecuentaba, habló con tres amigos con los que solía juntarse, “C.”, “C.”...

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