Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL, 18 de Mayo de 2021, expediente FLP 003395/2020/CA001

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

FLP 3395/2020/CA1

Plata, 18 de mayo de 2021.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el Nº FLP 3395/2020, caratulada: "N.N S/

INFRACCIÓN LEY 24.769”, procedente del Juzgado Federal de Junín;

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto con fecha 23 de febrero del corriente por la Fiscal Federal, doctora M.C.M.I., a cargo de la Fiscalía Federal de Pehuajó, contra la resolución de fecha 10 de febrero de 2021, mediante la cual el juez de grado dispuso archivar la presente causa de conformidad con lo normado en el artículo 195 del C.P.P.N. Dicho recurso fue mantenido e informado por el Auxiliar Fiscal ante esta Cámara, doctor O.J.G.E. (conf. presentación de fechas 3 y 11 de marzo del corriente,

    respectivamente).

  2. A través de los agravios esgrimidos, la representante del Ministerio Publico Fiscal considera que la decisión del magistrado resulta prematura por cuanto resta aún la producción de pruebas destinadas a comprobar la comisión de los delitos de evasión y de lavado de activos. Asimismo, cuestiona la falta de fundamento del auto objeto de reproche conforme lo establece el artículo 123 del CPPN.

    En la oportunidad prevista por el artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación, el Auxiliar Fiscal, comparte los argumentos vertidos en el recurso de apelación e insiste en los relativos a la necesidad de profundizar las tareas investigación.

    Finalmente, hace reserva de recurrir ante la Cámara Federal de Casación Penal y del caso federal.

  3. A efectos de comprender los acontecimientos que se investigan, corresponde señalar que la presente causa reconoce su inicio en virtud de la denuncia realizada por el Oficial O H A de la DDI de Trenque Lauquen, a los fines de que se investiguen presuntas Fecha de firma: 18/05/2021

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.A.D., SECRETARIO DE CAMARA

    maniobras ilícitas consistentes en la compra y emisión de facturas apócrifas por servicios no realizados que serían negociadas por R F F

    con otros contribuyentes. Ello, con el fin de reducir indebidamente el dinero a ingresar en la Administración Federal de Ingresos Públicos,

    por el pago de impuestos nacionales.

    Asimismo, se investiga si se pusieron en circulación ganancias indebidas provenientes de esa...

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