Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala II, 22 de Octubre de 2015, expediente FLP 051010212/2011/CA001

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2015
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 51010212/2011/CA1 La Plata, 22 de octubre de 2015 VISTO: Este expediente Nº FLP 51010212/2011/CA1, (Reg. Int. N° 8034), caratulado:

N.N. S/ INSTIGACIÓN AL SUICIDIO

, procedente del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 de Lomas de Zamora, Secretaría Penal 1.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

  1. Llegan estas actuaciones a conocimiento de la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 575/580, por la querellante A. B. O.

    D., con el patrocinio de G.D.E., P.L. a cargo del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico de la Defensoría General de la Nación, contra la resolución de fs.

    570/573, que resolvió reservar en archivo la presente causa.

  2. El expediente se inició a raíz del informe actuarial de fs. 1, a través del cual se da cuenta de una llamada telefónica de la auditoria de la (Ex) Unidad N° 3 (hoy Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza) informando la muerte de V.B.G.O. el día 1 de julio de 2011 en el Pabellón IV del referido establecimiento penitenciario.

    V.G.O. fue hallada sin vida por otra detenida (N.B.) colgada con una sábana anudada en uno de sus extremos a una reja de la ventana en la celda donde se encontraba alojada.

  3. El Sr. Juez de grado encomendó, a fs. 2, a la División Homicidios de la P.F.A., que arbitre los medios para afectar personal de dicha dependencia y de la Unidad Criminalística para que se constituyan en la (Ex) Unidad Nº 3 de Ezeiza y lleven a cabo todas las diligencias correspondientes para el esclarecimiento del hecho.

    Asimismo autorizó al organismo preventor a trasladar el cuerpo de

    V.B.G.O. a la sede del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional y requirió al decano del citado Cuerpo Forense que Fecha de firma: 22/10/2015 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL efectúe la autopsia con el fin de determinar las causales de muerte.

    A fs. 8, la A.R.M.A.F. acompañó Acta de consulta telefónica, Informe preliminar e informe ocular, y Acta de entrega de los documentos solicitados por la policía Federal División Homicidios. Asimismo las actuaciones efectuadas por la División Homicidios de P.F.A., se encuentran incorporadas a fs. 16/92.

    Debe señalarse que de estas actuaciones surge que en el interior de la celda fueron halladas tres cartas manuscritas, una de las cuales se dirigía a una persona de nombre M., pudiendo leerse: “No sé qué

    hacer para demostrar que te amo. Yo sin vos no puedo vivir. Antes de estar sola prefiero morir. Para qué

    seguir viviendo si estoy lejos de la gente que amo. No te olvides nunca que acá hay alguien que te ama con el alma. Hijos los amo. Perdón. Espero que algún día sepan entenderme.” (ver fs. 82).

  4. Seguidamente, el Sr. Juez de grado corrió

    vista al Sr. Fiscal en los términos del art. 180 del C.P.P.N. (ver fs. 93). Previo a expedirse el Sr.

    fiscal solicitó se adjunten los resultados de la necropsia realizada en la morgue judicial. El resultado de la autopsia se encuentra agregado a fs.

    97/105. De allí surge que la muerte de la interna fue producida por asfixia mecánica por compresión extrínseca de cuello (ver fs. 104).

    Una vez agregado este informe pericial, el Sr. Fiscal, postuló a fs. 118 la desestimación de la denuncia.

    Por otra parte, se encuentra agregado, a fs.

    127/128, un estudio de alcoholemia efectuado sobre el cuerpo de

    V.B.G.O., el cual arrojó resultados negativos a la determinación de alcohol etílico y metílico.

    A fs. 130 y a fs. 133/135, se presentó la Sra. B.O., en su carácter de madre de

    V.G.O., y solicitó ser tenida como parte querellante.

    Fecha de firma: 22/10/2015 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 51010212/2011/CA1 Este escrito se efectuó con el patrocinio letrado de la Dra. J.K., Prosecretaria Administrativa de la Defensoría General de la Nación quien solicitó la producción de la siguiente prueba:

    1. Se convoque a prestar declaración testimonial a una interna de la Unidad1.

    2. Se libre oficio al Cuerpo Médico Forense, a efectos de que desinsacule un perito que se expida acerca de si resulta factible o probable que la causante se haya quitado la vida sin la intervención de otras personas a causa de una asfixia mecánica por compresión extrínseca de cuello, siendo que estaba sujetada de una manera incompleta, con apoyatura completa de ambos pies y no sufrió fracturas en su cuello.

    3. Se requiera al Sr. Director de la Unidad Penitenciaria Nº 3 de Ezeiza que remita la historia clínica de

    V.B.G.O. y cualquier otra constancia de donde se infiera si al momento de su deceso se encontraba bajo tratamiento médico y cuál es la medicación que recibía.

    4. Se requiera al Sr. Director de Unidad Penitenciaria Nº 3 de Ezeiza que individualice a los profesionales de la salud que atendieron a la causante para que, una vez filiados, se ordene la recepción de sus declaraciones testimoniales.

  5. El Sr. Juez de grado, tuvo como querellante a A.B.O.D., a fs. 138. Seguidamente, el Sr. Fiscal –sin perjuicio de su pedido de desestimación anterior- consideró que las argumentaciones de la querella resultaban atinadas y formuló requerimiento de instrucción adhiriendo a las medidas allí solicitadas.

    Debe señalarse también que, a fs. 143, se presentó en el expediente el Sr. F.M., en su carácter de Procurador Penitenciario de la Nación.

    La querellante efectuó, a fs. 144, una nueva solicitud de prueba consistente en la realización de 1 La identidad de la testigo fue reservada posteriormente.

    Fecha de firma: 22/10/2015 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL una pericia caligráfica y grafológica sobre las cartas secuestradas y que, conforme las constancias del proceso, fueron halladas junto con el cuerpo de

  6. G.

    O. Fundó su pedido en la necesidad de poder determinar si su hija fue quien efectuó estas cartas, y para el caso de resultar afirmativo ese primer interrogante, precisar cuál era el estado psicológico y anímico de

  7. al momento de su redacción.

    A efectos de realizar la pericia solicitada, la querellante acompañó una carta escrita por su hija para ser utilizada como parámetro de comparación.

  8. El Sr. Juez de grado ordenó, a fs. 145, la recepción de declaración testimonial a una testigo, respecto de la cual -por estar alojada en la Ex Unidad 3 de Ezeiza- su identidad ha sido reservada.

    Asimismo, encomendó a la División Huellas y Rastros de la Policía científica, de Gendarmería Nacional, que informe si resulta factible o probable que

    V.G.O. se haya quitado la vida sin intervención de terceras personas, resultando la causa de su muerte –conforme su autopsia- una asfixia mecánica por comprensión de una manera incompleta, con apoyatura total de ambos pies y no sufrió fractura en su cuello.

    En otro orden, requirió a la Ex Unidad Nº 3 de Ezeiza que remita la historia clínica de la interna, como así también cualquier otra constancia obrante en esa dependencia, vinculada con tratamientos médicos que hubiera recibido la nombrada en los días previos a su deceso, debiendo individualizar –en su caso- a los profesionales de la salud que la hayan atendido.

    Además ordenó la realización por parte del Cuerpo de Calígrafos Oficiales de la Justicia Nacional, y a través del especialista que corresponda, de un estudio tendiente a establecer si las cartas incautadas presentan similitud en cuanto a sus grafías, y si resulta posible determinar las diferencias respecto al estado anímico de la escribiente, más precisamente si en alguna de ellas se Fecha de firma: 22/10/2015 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 51010212/2011/CA1 advierte que se encontrara bajo un cuadro depresivo y/o angustiante de significada importancia; como...

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