Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 5 de Octubre de 2018, expediente FPO 007209/2017/CA001

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPO 7209/2017/CA1 raná, 5 de octubre de 2018.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “BAYER, A.E.; BAYER, J.A. SOBRE AVERIGUACION DE DELITO”, E.. N°

FPO 7209/2017/CA1, proveniente del Juzgado Federal N° 1 de Concepción del Uruguay, y; CONSIDERANDO:

I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Federal N° 1 de Concepción del Uruguay y el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Posadas.

Que mediante resolución obrante a fs. 84 y vta., el Sr. Juez Federal Nº1 de Concepción del Uruguay, decide mantener la declaración de incompetencia parcial del Juzgado a su cargo para entender en estos actuados en relación a la presunta comisión de los delitos que pudieran ser materia de investigación respecto del dinero secuestrado y dispone elevar el incidente a esta Alzada, para que dirima la cuestión planteada.

Fecha de firma: 05/10/2018 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: ANDRES PUSKOVIC OLANO, Secretario de Cámara 1 #30182703#218188966#20181005123002443 Que, en esta instancia, se corre vista al Sr.

Fiscal General, la que es contestada a fs. 88/91, quedando los autos en estado de resolver a fs. 92.

II- a) Que, corresponde decidir a esta Alzada el conflicto negativo de competencia suscitado, atento ser la “Cámara de Apelaciones superior del juez que previno” (cfr.

art. 44 del C.P.P.N.).

Que, las presentes actuaciones se iniciaron con el procedimiento realizado por personal del Escuadrón 4 de Gendarmería Nacional, ubicado en el Km. 240 de la R.N. 14 –

Concordia, Entre Ríos- el día 08/02/17 donde se procede al control del trasporte de pasajero de la Empresa “Flecha Bus”, dominio HZM-424, procedente de la ciudad de Posadas –

Misiones- con destino a la localidad de Lomas de Zamora –Bs.

As.-, detectando la prevención, entre las pertenencias de A.E.B., trece teléfonos celulares con sus accesorios y veinte fajos de billetes; y entre las pertenencias de J.A.B. (ambos domiciliados en Posadas, Misiones) veintitres fajos de billetes, resultando un total de pesos cuatrocientos sesenta mil ($460.000).

Una vez ingresadas las actuaciones al Juzgado Federal N°1 de Concepción del Uruguay, son enviadas al Fecha de firma: 05/10/2018 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: ANDRES PUSKOVIC OLANO, Secretario de Cámara 2 #30182703#218188966#20181005123002443 Poder Judicial de la Nación CAMARA...

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