Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 5 de Junio de 2017, expediente FRO 063001243/2009/CA001

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 05 de junio de 2017.

Visto en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 63001243/2009 caratulado “NINI TERECITA ELENA C/ ANSES S/ ORDINARIO”, (originario del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Santa Fe), del que resulta, 1- Vienen los autos en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la actora (fs. 60) y por la demandada (fs. 61), contra la Sentencia nº 1609/12 de fecha 28 de diciembre de 2012, que ordenó a la ANSeS que respecto al haber inicial recalcule la prestación compensatoria en la forma prevista en el art. 24 inc. a) de la ley 24.241, para lo cual las remuneraciones deberán actualizarse hasta la fecha del cese, según la variación experimentada por el índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción elaborado por el MTSS; dispuso que la movilidad deberá efectuarse conforme el criterio sustentado in re “B.” atento lo cual se declara la inconstitucionalidad del art. 7º ap. 2 de la ley 24.463; estableció que se abonen las diferencias resultantes con más los intereses conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina e impuso las costas en el orden causado.

Concedidos los recursos y de conformidad con lo resuelto por la C.S.J.N. en autos “P., H.H. c/ ANSeS s/ Acción de Amparo” y la Acordada nro. 14/2014 se recibieron las presentes actuaciones, que por sorteo informático quedaron radicadas en esta Sala “A”. La parte actora expresó agravios a fs.

74/75 y vta., los que no fueron contestados, encontrándose los autos en condiciones de resolver (fs. 80).

2- La actora se agravió de que la sentencia en crisis entraña un evidente perjuicio en el cálculo del haber inicial del actor, y el ajuste de la Fecha de firma: 05/06/2017 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.S.G., JUEZ DE C.S. #3115356#179697478#20170605115203422 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Prestación Básica Universal (P.B.U.) que permaneció inmóvil.

Señaló que el valor del AMPO/MOPRE creció de $61 hasta la suma de $80 y desde entonces su importe se mantuvo sin ningún tipo de modificación, es decir durante más de diez años no se alteró su valor a pesar de los cambios económicos producidos desde el año 2002. Solicitó se ordene el ajuste de la P.B.U. con los parámetros expuestos por la C.S.J.N. en autos “B.”.

Y Considerando que:

Primero

A fojas 61 la parte demandada...

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