Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 11 de Marzo de 2020, expediente FSM 101917/2017/CA002

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

Causa N° FSM 101917/2017/CA2, “NEGRI,

F.E. c/ PAMI s/PRESTACIONES

FARMACOLÓGICAS” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martin, Secretaria Nº 1 - CFASM,

SALA I, SEC. CIVIL N° I – SENTENCIA DE

AMPARO.

M., de de 2020.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada (vid Fs. 210/213Vta.)

    contra la sentencia de Fs. 201/205, en la cual la Sra.

    juez “a quo” hizo lugar a la acción de amparo,

    ordenando al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados -en adelante INSSJyP- la cobertura en forma inmediata e integral de 2 parches de 8 mg. de N.R.= 16 mg./día, es decir 5

    cajas de 8 mg. por mes, durante el plazo que el galeno estimara pertinente.

    Para así decidir, consideró su patología, la prescripción médica del profesional interviniente y la situación económica de la accionante. Además, tuvo en cuenta el marco normativo que obligaba a la demandada a dar cobertura a la medicación requerida.

    Concluyó, imponiéndole costas a la accionada vencida.

  2. El recurrente se agravió, afirmando que se había judicializado una cuestión médica,

    abstrayéndola de su ámbito natural y evitando el diálogo entre el médico de la amparista y los profesionales de su representada.

    1

    Fecha de firma: 11/03/2020

    Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

    Causa N° FSM 101917/2017/CA2, “NEGRI,

    F.E. c/ PAMI s/PRESTACIONES

    FARMACOLÓGICAS” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martin, Secretaria Nº 1 - CFASM,

    SALA I, SEC. CIVIL N° I – SENTENCIA DE

    AMPARO.

    Indicó que el Instituto había requerido una aclaración respecto de la dosis recetada por el galeno interviniente, debido a que el formulario indicaba parches de 4 mg. por día y en el informe peticionó el doble de la dosis mencionada.

    Refirió que de la lectura de la sentencia en crisis, se desprendía que su mandante no había lesionado ningún derecho, debido a que se había reconocido un descuento del 50% en la cobertura de la medicación.

    Manifestó que el amparo era un remedio judicial que permitía resolver de manera ágil y eficaz las cuestiones que violaran las garantías previstas en la Constitución Nacional y, en ese sentido, la beneficiaria había iniciado un expediente administrativo, en el cual se le peticionó una aclaración respecto a la solicitud de parches debido a que existían otros tipos de presentación, por lo que se trataba un requerimiento administrativo, en vez de asumir que se estaba frente a un acto u omisión de la autoridad pública.

    Expresó que su mandante se encontraba habilitado por la ley 19.032 a organizar su sistema prestacional, razón por la cual no podía alegarse que se procedió de manera ilegal y arbitraria en su...

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