Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 22 de Diciembre de 2022, expediente CSS 036457/2022/CA001

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE NRO: 36457/2022

AUTOS: “NAVARRO, R.A. c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY

24,241)”

Buenos Aires,

AUTOS Y VISTOS:

Que de las constancias de autos surge que la Comisión Médica Central concluye que quien demanda no reúne las condiciones exigidas en el inciso a) del artículo 48 de la Ley 24241 para acceder al beneficio de retiro por invalidez, le fue notificado a la parte actora el 21.12.2021 y que el recurso de apelación dirigido contra esa decisión fue recepcionado por la citada comisión el 02.06.2022.

Ahora bien, el punto 4 del art. 49 de la ley de creación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones establece (por remisión a lo dispuesto en el punto 3 del mismo artículo) que el recurso de que se trata debe ser presentado "...dentro de los cinco (5) días de notificado el dictamen..."

Así las cosas, cabe concluir que la presentación del recurso de apelación de la parte actora resulta extemporánea, pues a estar a su cargo de recepción, aquella fue recibida el 02.06.2022, es decir, una vez vencido el plazo legal aludido precedentemente.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

declarar formalmente no admisible el recurso interpuesto el 02.06.2022. Sin costas (art. 68 CPCCN). C., protocolícese, notifíquese,

cúmplase con la comunicación dispuesta por la CSJN en la Acordada 15/13 (p. 4 y conc.) y,

oportunamente, devuélvase.

Fecha de firma: 22/12/2022

Firmado por: N.A.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.B.P., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: F.S., JUEZ DE CAMARA - SUBROGANTE

Firmado por: S.E.R., JUEZ DE CAMARA

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