Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 10 de Septiembre de 2019, expediente CIV 057676/2017

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A 57676/2017 NAPOLI, ROSA AMANDA s/SUCESION TESTAMENTARIA Buenos Aires, de septiembre de 2019.- NC AUTOS Y VISTOS:

Por recibido. Vienen e estos autos a fin de entender en los recursos interpuestos contra los honorarios regulados a fs.

62.-

Asi las cosas y en orden a las apelaciones deducidas contra los emolumentos fijados en favor del perito calígrafo, cabe recordar que el artículo 29 de la ley 20.243 establece en su inciso a) que, para fijar el honorario de los peritos calígrafos se tomará como monto el interés comprometido en la prueba pericial.-

Sentado lo anterior, adviértase que la labor por la cual fue designado la beneficiaria de la regulación apelada consistió en determinar la autenticidad de la firma inserta en el testamento ológrafo, motivo de la litis, tarea que se concretó por medio de la pericia de fs .29/41.-

Así las cosas, si bien el “quantum” base de la regulación se encuentra conformado por el valor del inmueble legado al heredero instituido, no puede soslayarse que de conformidad con lo establecido por el artículo 16 de la ley de arancel, el valor del juicio no debe ser la única pauta para las regulaciones de honorarios, debiendo considerarse además la índole de la labor desplegada (conf. G.M.F. de firma: 10/09/2019 Alta en sistema: 11/09/2019 Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA #30328234#243758284#20190909124338739 P., “Honorarios en la Justicia Nacional y Federal”, Ed. C., pág. 197 con abundante cita jurisprudencial), modificase la regulación de fs.

62 y se fijan los emolumentos de la Sra. N.N.L.

en 125 UMA equivalente a la fecha de este pronunciamiento a PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000).-

En orden a la apelación deducida contra los honorarios fijados en favor de la escribana que protocolizó el testamento, cabe recordar que, atento lo dispuesto por el artículo 6° inciso g) del Decreto 3510/76, reformado por el Decreto 401/80 y el Decreto 1482, y la Ley 12.990, como así en forma orientadora la Resolución n° 488/03 del Consejo Directivo del Colegio de Escribanos, los honorarios del escribano por la...

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