Disposición Nº 3/2014

EmisorPrefectura Naval Argentina
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2014



PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

DisposiciónNº 3/2014Bs. As., 28/2/2014

VISTO lo informado por la Dirección de Protección Ambiental, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 41 de la Constitución Nacional establece que las autoridades proveerán la protección del derecho de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, que tienen el deber de preservarlo.

Que mediante la Ley Nº 21.947, la República Argentina aprobó el Convenio Internacional sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias (Londres, 1972), actualizado mediante las resoluciones LC.48(16), LC.49(16) y LC.51(16), en su forma enmendada, detallando los criterios aplicables para evaluar la factibilidad de los vertimientos.

Que la Ley General de Presupuestos Mínimos Ambientales Nº 25.675 establece como bien jurídicamente protegido el logro de una gestión adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

Que la Ley Orgánica de la Prefectura Naval Argentina Nº 18.398, en su Artículo 5º, inciso a), apartado 23, determina que compete a la Institución dictar las normas relativas a prohibir la contaminación y verificar su cumplimiento.

Que la Ley Nº 22.190 asigna a la Institución funciones exclusivas para prevenir y vigilar la contaminación de las aguas u otros...

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