Resolución Nº 217/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición 7 de Marzo de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ResoluciónNº 217/2014Otórgase ampliación de personería gremial a la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares.

Bs. As., 7/3/2014

VISTO los Expedientes Nº 1.225.116/2007 y Nº 1.432.559/2011, ambos del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente Nº 1.225.116/2007 tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por la UNION TRABAJADORES DOMESTICOS Y AFINES (U.T.D.A.), con domicilio en Calle 25 de Mayo Nº 845, Merlo, Provincia de Buenos Aires.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1017 de fecha 23 de octubre de 2006, la mencionada asociación obtuvo su Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el Nº 2479.

Que U.T.D.A. solicitó personería gremial, el 19 de junio de 2007, para representar a los trabajadores que se desempeñen en el servicio doméstico en relación de dependencia en casas particulares, con zona de actuación en los partidos de Merlo, Hurlingham, San Miguel, Luján, Moreno, Morón, General Las Heras, General Rodríguez, Mercedes, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, La Matanza, Tres de Febrero, San Andrés de Giles, General Madariaga, Dolores y la Localidad de Olivos del Partido de Vicente López, todos de la Provincia de Buenos Aires.

Que por Expediente Nº 1.432.559/2011 tramita el pedido de ampliación de la personería gremial, formulado por la UNION PERSONAL AUXILIAR DE CASAS PARTICULARES (U.P.A.C.), con domicilio en Deán Funes 576, Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 22 de febrero de 2011, entidad con Personería Gremial registrada bajo el número 359; habiéndose reconocido, con carácter de inscripción gremial conforme Resolución MTE y SS Nº 877/06, el ámbito sobre el cual versa la ampliación solicitada, que alcanza a los trabajadores que se desempeñen en el servicio doméstico en relación de dependencia en casas particulares, en el ámbito territorial de los partidos de Merlo, Luján, Moreno, General Rodríguez, Mercedes, Marcos Paz y Tres de Febrero, todos de la Provincia de Buenos Aires.

Que se tuvieron por cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 25 de la Ley 23.551.

Que en las peticiones de ambas entidades, U.T.D.A. y U.P.A.C., existe identidad respecto del mismo ámbito personal, en tanto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR