Resolución Nº 658/2013

Fecha de disposición16 Julio 2013
Fecha de publicación23 Julio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32685



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ResoluciónNº 658/2013Otórgase personería gremial a la Asociación de Buzos Profesionales.

Bs. As., 16/7/2013

VISTO el Expediente Nº 1.117.780/2005 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por la ASOCIACION DE BUZOS PROFESIONALES, con domicilio en calle Matteoti 1173, Mar del Plata, Provincia de BUENOS AIRES.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION RECURSOS HUMANOS Nº 943 de fecha 19 de diciembre de 2001, la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo Nº 2205.

Que la entidad agrupa a los buzos profesionales de ambos sexos habilitados por la Autoridad Nacional competente que se desempeñen bajo relación de dependencia, con zona de actuación en las Provincias de TIERRA DEL FUEGO, SANTA CRUZ, BUENOS AIRES, CHUBUT y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la requirente solicitó Personería Gremial el 2 de junio de 2005.

Que se tuvo por acreditado el universo de trabajadores respecto de los buzos profesionales que se desempeñan bajo relación dependiente con empresas privadas, en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que se tuvieron por cumplidos los requisitos establecidos por el artículo 25 de la Ley Nº 23.551, respecto a buzos profesionales en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, el ámbito personal y territorial pretendido podría colisionar con los del CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE USHUAIA, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR y del SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS.

Que a pedido de la peticionante se designó audiencia a celebrarse en dependencias de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales el 10 de marzo de 2009, a fin de efectuar cotejo de representatividad en los registros de la requirente y del SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS, citando al CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE USHUAIA, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, para ejercer el derecho de control.

Que a la audiencia del 10 de marzo de 2009 no comparecieron los representantes de ninguna de las...

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