Disposición Nº 1069/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 3 de Julio de 2014

VISTO:

El Expediente N° 4.571.831/2014, por el que se consulta sobre el Proyecto de Obra

Nueva, para el inmueble sito en la calle Ciudad de la Paz N° 553/55, Nomenclatura

Catastral: Circunscripción 17, Sección 35, Manzana 96, Parcela 29, con una superficie

de terreno de 389,01m2, una superficie a construir de 1.990,92m2, de acuerdo a lo

graficado en Memoria Descriptiva (a fs. 62 del Giro Documental y en Página 2 del

Informe Grafico del Expediente Electrónico) y nueva propuesta (a fs. 63 del Giro

Documental y Página 3 del Informe Grafico del Expediente Electrónico), y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se halla emplazado en un Distrito R2aII (Parágrafo 5.4.1.3.b)

de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, y posee un inmueble

lindero existente en la Parcela N° 10, que se encuentra Catalogado con Nivel de

Protección Estructural (Resolución N° 500 /2009 - BOCBA N° 3396);

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°

7488661-DGIUR-2014, indica que en esta oportunidad, y bajo una serie de medidas

correctivas establecidas en el seno de este organismo, los interesados han interpuesto

un proyecto de modificación en relación al oportunamente puesto a consideración;

Que de acuerdo a la normativa vigente que resulta de aplicación para el distrito de

emplazamiento, se informa que:

  1. El Artículo 5.4.1.3 b) "Distrito R2aII" (Ver I.O.), establece:

    "...1) Carácter: Zona destinada a la localización residencial similar al Distrito R2aI, pero

    con menor Intensidad de ocupación total.

    2) Delimitación: Según Plano de Zonificación.

    3) Subdivisión: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 3.

    4) Tipología Edilicia: Se admiten edificios entre medianeras, de perímetro libre y

    perímetro semilibre.

    Disposiciones Particulares

  2. Edificios entre medianeras.

  3. Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:

    R = h/d = 2,4

  4. Edificios de perímetro libre. Tejido: Cumplirá con las disposiciones particulares de la

Sección 4 de acuerdo a: Artículos 1 a 4

R = h/d = 3

r = h'/d' = 5

  1. Edificios de perímetro semilibre Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de

    la Sección 4 de acuerdo a:

    R = h/d = 2,4

    r = h'/d' = 5

  2. F.O.T. BASICO = 2,5

    Se admitirán variaciones del F.O.T. de acuerdo al ancho de calle según se determina

    en la siguiente función: F.O.T. = 2,5 x A / 12,5

    Siendo A un número igual al ancho de calle determinado por la Dirección.

  3. F.O.S.: El que resulte de las normas de tejido, salvo lo dispuesto en el Cuadro de

    Usos N° 5.2.1..."

  4. El Capítulo 4.9.2 "Disposiciones particulares", establece: Según 4.9.2. -

    Interpretación Oficial - "...g) Pueden proponerse compensaciones volumétricas a los

    efectos de optimizar la estética urbana o el centro libre de manzana, atendiendo los

    hechos existentes en la misma".

  5. El Capítulo 10.1.4 "Proximidad a edificios y lugares declarados monumentos

    históricos o con valor patrimonial para la ciudad", establece: "...En parcelas

    adyacentes a edificios catalogados, lugares declarados Monumento Histórico Nacional

    o Distrito APH, deberá consultarse a la Secretaria, en lo que respecta al tratamiento de

    fachadas y al contexto patrimonial...";

    Que cabe aclarar que por...

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