Resolución Nº 649/GCABA/MJYSGC/14
Firmantes | Montenegro |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
Fecha de la disposición | 20 de Agosto de 2014 |
VISTO:
El EE N° 3554187/MGEYA/COMUNA12/13, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita el Recurso de Reconsideración con
Jerárquico en Subsidio interpuesto por la Sra. Mancuso Magdalena D.N.I. N° 284.131,
contra la Resolución N° 1062/SSEMERG/13, por la cual se le otorgó un subsidio por
inundación por la suma de pesos ocho mil cuatrocientos veintiuno ($ 8.421.-) IVA
incluido, por los daños alegados en el inmueble sito en calle Holmerg 4445, Planta
Baja, presuntamente ocasionados por el fenómeno meteorológico de fecha 2 de abril
de 2013;
Que mediante Resolución N° 380/SSEMERG/14, notificada el día 10 de junio de 2014,
se desestimó el Recurso de Reconsideración incoado, quedando pendiente la
tramitación del Recurso Jerárquico en Subsidio;
Que la normativa aplicable para las inundaciones acaecidas los días 1 y 2 de abril del
2013, es la establecida en el DNU N° 1/13 ratificada por Resolución N° 32/LCABA/13,
la Ley N° 4505, el Decreto N° 117/13, la Resolución N° 609/SSEMERG/13 y normativa
complementaria;
Que con fecha 10 de julio de 2014, se notificó a la administrada sobre los términos del
in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad, sin que.
esta cumplido el plazo establecido a tal efecto se haya presentado en uso de su
facultad;
Que de acuerdo al formulario de valoración de daños obrante en el EE-2013-
1245769-MGEYA-COMUNA12, a la administrada le corresponde el monto otorgado de
acuerdo al Anexo II de la Resolución 609/SSEMERG/13;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso incoado conforme los
artículos 108 y 109 del mismo plexo normativo;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante
Informe N° 2014-10898072-DGAPA, señaló que el subsidio tiene carácter paliativo y la
evaluación y determinación de su monto se realiza en función del daño material
efectivamente verificado por los organismos técnicos, como así también del grado de
vulnerabilidad social que no permita soslayar de manera urgente dichos daños
materiales, a través del procedimiento...
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