Resolución Nº 328/GCABA/SSASS/14

FirmantesGuevara
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Administración del Sistema de Salud
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2014

VISTO:

El Expediente Electrónico N° 8.350.961/MGEYA-DGADC/2014 y la Resolución N°

317/SSASS/14, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 401-0571-

LPU14, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y

concordantes de la Ley N° 2095 modificada por la Ley N° 4764, el Decreto

Reglamentario N° 95-GCABA/14, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires

Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y

Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario N° 1145-GCABA/09, para la

"Adquisición de equipamiento médico crítico con destino a diversos efectores

dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que mediante Resolución N° 317/SSASS/14 se aprobaron los Pliegos de Bases y

Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigen la contratación que

nos ocupa;

Que por el mismo acto administrativo, se convocó a la presente licitación fijando fecha

de apertura de ofertas para el día 15 de Agosto de 2014 a las 11:00 horas;

Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud, bajo PLIEG-2014-11477041-

DGRFISS emitió una Circular, individualizada como N° 1 sin consulta, por la cual se

incorporan modificaciones al Pliego de Especificaciones Técnicas;

Que al respecto, teniendo en cuenta esa circunstancia corresponde aprobar por acto

administrativo dichas modificaciones suscriptas por el área técnica;

Que, asimismo, toda vez que en el procedimiento que nos ocupa, la Directora General

Administrativa Contable en ejercicio de las facultades delegadas, emitió la Circular N°

1 Sin Consulta, registrada como

PLIEG-2014-11429156-DGADC, corresponde rectificar la Circular emitida por el área

técnica dejándose constancia que la misma es la Circular N° 2 Sin Consulta.

Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley N° 2095 modificada

por la Ley N° 4764, el Anexo II del Decreto Reglamentario N° 95-GCABA/14 y el

Decreto Reglamentario N° 1145-GCABA/09,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD

RESUELVE

Artículo...

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