Resolución Nº 170/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 170/2014Registro Nº 250/2014

Bs. As., 14/2/2014

VISTO el Expediente N° 1.598.998/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 23/25 del Expediente N° 1.598.998/13 obra el acuerdo celebrado por la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y AFINES (F.A.T.C.A.) por la parte sindical, y la empresa CARGILL SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo bajo análisis las partes pactan condiciones salariales, para los trabajadores de la empresa comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 575/10.

Que sin perjuicio de la homologación que por el presente se dispone, en relación al carácter atribuido a la asignación incluida en la cláusula tercera del acuerdo de marras, deberá estarse a lo expresamente indicado en el considerando séptimo de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 764 de fecha 8 de julio de 2013.

Que con respecto a lo pactado en los puntos 4.1., 4.2 y 4.3 de la cláusula 4 del acuerdo bajo examen corresponde señalar que, en esta instancia, no resultan comprendidos en la homologación que por la presente se dispone, en atención a que el “acuerdo global de actividad 2013/14” que las partes invocan no se encuentra a la fecha homologado por esta Cartera.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados, sin perjuicio de lo expresamente señalado en los considerandos tercero y cuarto de la presente.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el artículo 10 del Decreto N° 200/88.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y AFINES (F.A.T.C.A.) por la parte sindical y la empresa CARGILL SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL, obrante fojas 23/25 del Expediente N° 1.598.998/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004), con el alcance y limitaciones previstas en los considerandos tercero y cuarto de la presente.

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 23/25 del Expediente N° 1.598.998/13.

ARTICULO 3°

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido...

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