Disposición Nº 49/GCABA/DGSPR/14
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 27 de Enero de 2014 |
VISTO:
la ley N° 1913 (B.O N° 2363) y N° 4470 (B.O. N° 4063); 4808 (B.O. N° 4306), los
Decretos N° 446-GCBA/2006 (B.O N° 2436) y N° 394-GCABA/2013 (B.O N° 4248), las
Disposiciones N° 140- DGSSP/2004, N° 358-DGSSP/2005, N° 372-DGSP/2006 y N°
471-DGSPR/2007, N° 409-DGSPR/2009 y N° 412-DGSPR/2011 y la Carpeta N° 158-
DGSSP/2002, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa SECURUS S.A. con domicilio real en la calle Piedrabuena N° 4371,
Piso 1°, Departamento "B", Munro, Provincia de Buenos Aires y legal en la calle
Ladines N° 3041, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada
oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 140-DGSSP/2004;
Que vencido el plazo de su última habilitación con fecha 10/12/2013 la interesada
solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo
-
sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 9° Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación
aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Roberto Mario
Poli, D.N.I. N° 05.299.804;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle la renovación de su
habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías
peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo
período;
Que la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I Artículo 167,
Inciso 9, de la Ley N° 4470, por lo que corresponde el otorgamiento...
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