Resolución Nº 198/GCABA/MJGGC/14

FirmantesAnexo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición17 de Febrero de 2014

VISTO:

La Ley N° 471, el Decreto N° 827/01 y el Expediente N° 7400019-MGEYA-

DGTALMJG/2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 18 de la Ley N° 471 establece el período de descanso anual

remunerado para los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 827/01 en su artículo 3° dispone que, la licencia anual ordinaria, por

razones imperiosas de servicio pueda ser transferida al año siguiente;

Que en este sentido diversos organismos de esta Jefatura de Gabinete de Ministros,

requieren el traspaso de la licencia por descanso anual remunerado no usufructuada,

correspondiente al año 2012, adeudada a los agentes que se indican en los Anexos I a

XVII, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente;

Que el requerimiento se efectúa dado que el personal de esta Jefatura de Gabinete de

Ministros, por razones de servicio, se vio imposibilitado de usufructuar dicha licencia

en tiempo y forma;

Que en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo que haga

efectivo dicho traspaso de licencias conforme a lo establecido por el Artículo 3° del

Decreto N° 827/01.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE

Artículo 1° Transfiérense al año 2014 los días de licencia anual ordinaria pendientes

de usufructo correspondientes al año 2012, de los agentes que se indican en los

Anexos I (IF N° 2474197- DGTALMJG/14), II (IF N° 2485849-DGTALMJG/14), III (IF N°

2474498-DGTALMJG/14), IV (IF N° 2474594- DGTALMJG/14), V (IF N° 2486848-

DGTALMJG/14), VI (IF N° 2474643-DGTALMJG714), VII (IF N° 2485592-

DGTALMJG/14), VIII (IF N° 2522767-DGTALMJG/14), IX (IF N° 2486659-

DGTALMJG/14), X (IF N° 2486581-DGTALMJG/14), XI (IF N° 2474994-

DGTALMJG/14), XII (IF N° 2514646-DGTALMJG/14), XIII (IF N° 2486263-

DGTALMJG/14), XIV (IF N° 2486203-DGTALMJG/14) XV (IF N° 2486167-

DGTALMJG/14), XVI (IF N° 2486117-DGTALMJG/14), XVII (IF N° 2485649-

DGTALMJG/14), que se acompañan y que a todos sus efectos forman parte integrante

de la presente.

Artículo 2° Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y...

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