Resolución Nº 16/GCABA/SSJUS/14

FirmantesBuján
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Justicia
Fecha de la disposición27 de Enero de 2014

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014, Año de las letras argentinas"

VISTO:

La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario N° 1.624/00, la Ley N°

4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 660/11 y 23/12, y el

expediente N° 6932436/13, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el visto, tramita la presentación efectuada por la

escribana Romina Paola Guaragna, por la cual presenta su renuncia al cargo de

adscripta al Registro Notarial N° 35 y la solicitud de su designación como titular del

registro notarial que le corresponde en razón de haberlo obtenido en el concurso de

oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales;

Que atento al orden de mérito establecido por los artículos 11 y 12 del Decreto N°

1624/00, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informa que

corresponde se le adjudique a la peticionante el Registro Notarial N° 36;

Que se encuentra acreditado que la escribana Romina Paola Guaragna, ha obtenido

una calificación de 1,60 (uno con sesenta centésimos) puntos por antecedentes, 7

(siete) puntos en la prueba escrita y 7 (siete) puntos en la evaluación oral del

Concurso de Oposición y Antecedentes, de conformidad con lo dispuesto por el

artículo 34

de la Ley Orgánica Notarial N° 404, cumpliendo, por ende, el requisito.

previsto en el art. 35 de la citada ley;

Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el

cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen,

considerando que se ha respetado el procedimiento previsto, y no encuentra

objeciones que formular;

Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el

cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente

resolución;

Que la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la

creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y

adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;

Que por la Ley 4.013 se aprobó la Ley de...

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