Resolución Nº 269/GCABA/SECLYT/13
Firmantes | Clusellas |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Secretaría Legal y Técnica |
Fecha de la disposición | 19 de Septiembre de 2013 |
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 1502, los Decretos Nros. 812/05 y 332/11, las Resoluciones
Nros. 442/MMGC/13 y 465/MMGC/13, el Expediente Electrónico N° 2048458/MGEYA-
DGPLC/13, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 42 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
establece que "La Ciudad garantiza a las personas con necesidades especiales el
derecho a su plena integración, a la información y a la equiparación de oportunidades";
Que asimismo en dicha norma se expresa que la Ciudad "...ejecuta políticas de
promoción y protección integral, tendientes a la prevención, rehabilitación,
capacitación, educación e inserción social y laboral;
Que el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
personal para las personas con necesidades especiales, con incorporación gradual en
la forma que la ley determine...";
Que la Ley N° 1502 reguló la incorporación en una proporción no inferior al cinco por
ciento (5%) de personas con necesidades especiales al Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 812/05 se reglamentó la referida Ley;
Que con fecha 14 de abril de 2011, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo
y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó sentencia en la causa
"Barila, Santiago c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ Amparo (Art. 14
CCABA) -que fue expresamente consentida- estableciendo que el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires debía sustanciar determinados procesos de
selección entre las personas inscriptas en la Comisión para la Plena Participación e
Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) con observancia del recaudo
de idoneidad (cf. Art. 5, Ley N° 1502), para cubrir las vacantes de planta permanente
disponibles que fueron informadas en la citada causa judicial;
Que por Decreto N° 332/11 se instruyó a la entonces Secretaría de Recursos
Humanos para que implemente las acciones necesarias que posibiliten substanciar en
los organismos y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
alcanzados por el artículo 2° de la Ley N° 1502, los procesos para la cobertura de
cargos vacantes entre las personas con discapacidad inscriptas en la Comisión para la
Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS)...
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