Resolución Nº 451/GCABA/SSTRANS/13

FirmantesDietrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Transporte
Fecha de la disposición26 de Julio de 2013

VISTO:

Las Leyes Nros. 2.148, 3.622, Los Decretos Nros. 498/08,143/12 y el Expediente N°

1242235/13, y

CONSIDERANDO:

Que el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por la

Ley N° 2.148 y modificado por la Ley 3622, establece en el Artículo 12.4.4.2 inc. h) de

su Anexo pertinente que a los efectos de la transferencia de licencias de taxi, se

deberá presentar como requisito previo, un Certificado de Libre Deuda de Obra Social;

Que la Ley N° 23.660 regula las obras sociales sindicales correspondientes a las

asociaciones gremiales de trabajadores con personería gremial y los derechos que a

las mismas le corresponden;

Que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante Resolución

General RG 3329 y concordantes establece el modo de determinación de la deuda por

obra social y el procedimiento correspondiente;

Que resulta necesario determinar las responsabilidades que por aportes a obras

sociales se establecen en las relaciones laborales entre los titulares de licencias de

taxi y los conductores empleados;

Que resulta propicio que tales determinaciones se efectúen al momento de la

transferencia de las licencias de taxi, oportunidad en que suele producirse el distracto

en la relación laboral;

Que se encuentra pendiente de establecerse las formalidades y procedimientos para

la obtención del Certificado de Libre de Deuda Obra social exigido por la normativa.

Que por un error material e involuntario se firmó con fecha 5 de Julio de 2013, la

Resolución N° 392-SSTRANS-2013, cuando no estaban perfeccionados los términos

de la misma.

Que por esa razón, debería dejarse sin efecto la resolución mencionada en el párrafo

anterior.

Por ello, en uso de las facultades conferidas los...

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