Disposición Nº 154/GCABA/DGSPR/13
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 11 de Junio de 2013 |
VISTO:
la Ley N° 1913 (B.O N° 2363), la Ley N° 4470 (B.O N° 4063); el Decreto N° 446-
GCBA/2006 (B.O N° 2436), las Disposiciones N° 092-DGSSP/2003, N° 169-
DGSSP/2004, N° 178-DGSSP/2005, N° 157-DGSP/2006, N° 156-DGSPR/2007, N°
109-DGSPR/2009 y N° 125-DGSPR/2011 y la Carpeta N° 088- DGSSP/2002, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa HUNTER SECURITY S.A con domicilio real en la calle Bernardo de
Irigoyen N° 3091, P.B, Munro, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle
Reconquista N° 1017, Piso 4°, Depto "G", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en
Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 092-
DGSSP/2003;
Que vencido el plazo de su última habilitación el día 01/06/2013 la interesada solicitó
su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo 3° con
autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a) y b) y sin autorización de
uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 9° Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación
aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Jorge Alberto
Tito, D.N.I N° 13.546.474;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N° 215.796, el cual posee
vigencia hasta el día 01/07/2017 y que fuera expedido en Legajo N° 9.760.896 del
Registro Nacional de Armas;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle la renovación de su
habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías
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