Disposición Nº 160/GCABA/DGSPR/13
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 14 de Junio de 2013 |
VISTO:
la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), el Decreto N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436), las
Disposiciones N° 287-DGSP/2006, N° 186-DGSPR/2007, N° 395-DGSPR/2007 y N°
218-DGSPR/2012 y la Carpeta N° 05-DGSSP/2006, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 218-DGSPR/2012 de fecha 27/07/2012, la firma GRUPO
03 S.R.L, con domicilio real y constituido en Avenida Lope de Vega N° 1165, P.B,
ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue habilitada por el término de dos
años, para prestar servicios de seguridad privada, conforme Artículo 3° sin
autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y c), en los términos de
la Ley N° 1913 y reglamentación aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;
Que ante el vencimiento con fecha 03/03/2013 de la Póliza de Seguro de
responsabilidad civil requerida por el art 5 inc. k) de la Ley 1913 y su reglamentación
aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006, y el tiempo transcurrido sin que la
interesada haya cumplimentado la documentación requerida al efecto, se dispone la
baja de la empresa del Registro de Seguridad Privada y se procederá al archivo de las
actuaciones.
Que ante el vencimiento de la habilitación, y el tiempo transcurrido sin que la
interesada haya impulsado el trámite de renovación de la habilitación, adjuntando la
documentación requerida al efecto, se dispondría a la baja de la empresa del Registro
de Seguridad Privada y se procedería al archivo de las actuaciones;
Que resulta necesario mantener actualizado el Registro de Prestadores de Seguridad
Privada, en los términos del Artículo 20 de la Ley N° 1913 y su reglamentación
aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;
Que atento lo expuesto, corresponde ordenar la baja de la firma en cuestión del
Registro de Seguridad Privada;
Que asimismo, atento lo establecido por los Artículos 10 Inciso e) y 20 Inciso m) de la
Ley N° 1913 y su respectiva reglamentación aprobada por Decreto 446-GCBA/2006,
corresponde dar de baja los Libros de Personal y de Novedades que oportunamente
fueran rubricados por esta Dirección General.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
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