Disposición Nº 155/GCABA/DGSPR/13

FirmantesCocca
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición11 de Junio de 2013

VISTO:

la Ley N° 1913 (B.O N° 2363), la Ley N° 4470 (B.O N° 4063); el Decreto N° 446-

GCBA/2006 (B.O N° 2436), las Disposiciones N° 160-DGSP/2006, N° 250-

DGSPR/2007, N° 179-DGSPR/2008, N° 190-DGSPR/2008, N° 144-DGSPR/2009,y N°

138-DGSPR/2011 y la Carpeta N° 010- DGSSP/2006, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa TECH SECURITY S.R.L con domicilio real en Avenida Maipú N°

1343, Piso 3°, Depto "6", Vicente López, Provincia de Buenos Aires y constituido en la

calle Talcahuano N° 833, piso 4°, Depto "D", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en

Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 092-

DGSSP/2003;

Que próximo a vencer el plazo de su última habilitación el día 20/06/2013 la interesada

solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo

  1. con autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a) y b) y sin

autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), c) y d);

Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra

condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,

en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo

establecen los Arts. 9° Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación

aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;

Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en

los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Sixto Ramón

Barreto, D.N.I N° 07.730.818 y en calidad de Responsable Técnico Fernando Alberto

Vásquez, D.N.I N° 11.956.973;

Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N° 212.757, el cual posee

vigencia hasta el día 01/07/2013 y que fuera expedido en Legajo N° 9.761.860 del

Registro Nacional de Armas;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas

actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley

N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle la renovación de su

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