Resolución Nº 375/GCABA/SECPLAN/13
Firmantes | Lostri |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Secretaría de Planeamiento |
Fecha de la disposición | 11 de Junio de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 854935-2013, y
CONSIDERANDO
Que por el mencionado expediente tramita un Proyecto de Ley para la catalogación
con Nivel Estructural del inmueble sito en la Av. Las Heras N° 2530/36/50/60,
Nomenclatura Catastral: Sección 15, Manzana 094, Parcela 002d, denominado Iglesia
de San Agustín, en razón de sus valores urbanísticos, arquitectónicos e históricos-
testimoniales;
Que dicho inmueble ya había sido incluido en el Catálogo Preventivo de Inmuebles de
la Ciudad de Buenos Aires por medio de la Resolución 126-SSPLAN-09 de fecha 11
de Marzo de 2009 con, protegiéndose con Nivel Cautelar;
Que se propuso cambiar el Nivel de Protección de Cautelar a Estructural y que el
mencionado pedido fue puesto a consideración del Consejo Asesor de Asuntos
Patrimoniales acordando el mismo en otorgarle el Nivel de Protección Estructural
mediante S/N°-CAAP-2013 del día 16 de abril de 2013;
Que en tal sentido, correspondería rectificar el nivel propuesto oportunamente en la
Resolución 126-SSPLAN-09 por Nivel Estructural;
Que el Código de Planeamiento Urbano establece en el Artículo 10.1.2 "Obligación de
Proteger" que "La salvaguarda y puesta en valor de los lugares, edificios u objetos
considerados por estas normas de valor histórico, arquitectónico, simbólico o
ambiental obliga a todos los habitantes a ordenar sus conductas en función de sus
protección, como así también de aquellos elementos contextuales que contribuyen a
su valoración. Los espacios y bienes sujetos a obligación de proteger serán
declarados como tales dentro del catálogo respectivo, elaborado por la Secretaría, y
aprobado por el Jefe de Gobierno. (...)";
Que el Artículo 10.1.6. "Inmuebles que posean para la ciudad valor patrimonial" del
citado Código consigna que "La Secretaría elaborará un registro de bienes
catalogados en todo el ámbito de la Ciudad conformen o no Áreas de Protección
Histórica, a partir de su valoración patrimonial (...)";
Que este Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios N° 2506
(B.O.C.B.A. N° 2824) y del Decreto N° 2075-GCBA-2007 (B.O.C.B.A. N° 2829), y la
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