Disposición Nº 110/GCABA/DGCACTYT/13
Firmantes | Pérez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y El Transporte |
Fecha de la disposición | 30 de Mayo de 2013 |
VISTO:
Las leyes N° 471, 2.652 y 4013, los Decretos N° 184/2010, 281/2010, 703/2011 y
122/2012, el Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por Resoluciones N° 2777-
MHGC-2010 y N° 2778-MHGC-2010, la Resolución N° 495-MMGC-2012, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 38 de la Ley N° 471 se regula la jornada de trabajo del
Personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante la Ley N° 2.652 se creó el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley 4013 estableció la actual organización de los Ministerios del Gobierno y por
Decreto 660/11 se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del Poder
Ejecutivo;
Que por su parte el Decreto N° 281/GCABA/10 instruyó a la ex Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos y a la ex Subsecretaría de Modernización de la
Gestión Pública, a elaborar en forma conjunta, el Régimen General y único de Registro
de Asistencia del Personal comprendido en el artículo 4° del Capítulo II de la Ley N°
471, designados para cumplir funciones en la Administración Pública del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo;
Que mediante la Resolución N° 495-MMGC-2012, se reglamentaron las obligaciones
de los agentes y de los responsables del control, de acuerdo a un procedimiento a
través del cual se fiscaliza la asistencia del personal, y al que deben ajustarse todos
los organismos mencionados en el Decreto N° 281/GCABA/10; asimismo el artículo 6°
del Anexo I de la misma faculta a eximir del Registro de Asistencia, a los agentes que
desempeñan habitualmente tareas fuera de la oficina de la repartición mediante escrito
y de manera fundada por el funcionario de jerarquía no inferior a Director General; Que
en el mismo artículo se indica que en tales casos se requerirá implementar una hoja
de ruta o tareas programadas elaborada para períodos iguales o menores a una
semana, complementado con un informe de cumplimiento del Gerente Operativo a
cargo del personal eximido;
Que según lo establecido en el artículo 14 de su Ley de creación, el Cuerpo de
Agentes de Control de Tránsito y Transporte dispone de personal las 24 horas de
todos los días del año y, que por razones de índole operativas y funcionales, atento a
la...
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